Tráfico multará a partir de 121 km/h
En unas cuantas semanas, circular por encima de 120 km/h en autopistas o autovías supondrá una sanción de 100 euros. La reforma de la Ley deSeguridad Vial, que ya se está tramitando en el Congreso de los Diputados,terminará con el margen actual que permite alcanzar hasta 133 km/h sin queello suponga una multa. El Gobierno ya está tramitando una reforma de la Ley de Seguridad Vial conla que revisará el listado de infracciones que restan puntos, unassanciones que están en vigor desde el mes de julio de 2006 cuando entró enfuncionamiento el nuevo permiso de conducción. Una de las novedades másdestacadas es que desaparecerá el margen de 13 km/h que hasta ahorapermitía circular por una autopista o una autovía con la velocidad limitadaa 120 km/h . Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con suvehículo entre 121 y 133 km/h no es sancionado. En poco tiempo, ya no seráasí. Cuando entren en vigor los cambios en la Ley de Seguridad Vial, losradares de autopistas y autovías multarán a todo aquel vehículo quetransite a más de 120 km/h . La cuantía de esta sanción se sitúa en 100euros, aunque no restará puntos. La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restanpuntos dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General de Tráfico(DGT) considera que no tienen una incidencia importante en la mortalidad enlas carreteras. Así, ya no quitará puntos circular por autopistas yautovías con vehículos que lo tengan prohibido, como es el caso de losciclomotores, llevar en los vehículos más ocupantes de lo permitido yaparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o una curva. Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carnésí supondrán una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sancionespor pequeños excesos de velocidad en vías con el límite situado en 120 km/h, circular rápido en tramos urbanos será más perseguido. De esta forma,conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h , pasaráde suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos. MATRÍCULAS LEGIBLES Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a lasmatrículas. A partir del momento en que entre en vigor la reforma de la Leyde Seguridad Vial, los conductores de motocicletas, coches, camiones yfurgonetas tendrá la obligación de mantener las placas de matrícula limpiasy legibles. El objetivo es impedir que se modifiquen o se oculten lasmatrículas para evitar los radares. Si algún conductor es detectado con la matrícula ilegible a propósito, serásancionado con 200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos.En la actualidad, esta infracción no restaba puntos. También se descontarácuatro puntos a todo aquel que circule con el carné de conducirtemporalmente retirado. Además, el uso de detectores de radares pasará arestar 6 puntos (2 hasta ahora), mientras que quien no mantenga ladistancia de seguridad verá mermado su saldo en 4 puntos, uno más que en laactualidad. Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que losconductores paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega acobrarse jamás. Para ello, la DGT apuesta por el pronto pago, queconllevará una rebaja del 40% de la sanción, un 10% más que a día de hoy,siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y abone la multa en 15 días.
En unas cuantas semanas, circular por encima de 120 km/h en autopistas o autovías supondrá una sanción de 100 euros. La reforma de la Ley deSeguridad Vial, que ya se está tramitando en el Congreso de los Diputados,terminará con el margen actual que permite alcanzar hasta 133 km/h sin queello suponga una multa. El Gobierno ya está tramitando una reforma de la Ley de Seguridad Vial conla que revisará el listado de infracciones que restan puntos, unassanciones que están en vigor desde el mes de julio de 2006 cuando entró enfuncionamiento el nuevo permiso de conducción. Una de las novedades másdestacadas es que desaparecerá el margen de 13 km/h que hasta ahorapermitía circular por una autopista o una autovía con la velocidad limitadaa 120 km/h . Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con suvehículo entre 121 y 133 km/h no es sancionado. En poco tiempo, ya no seráasí. Cuando entren en vigor los cambios en la Ley de Seguridad Vial, losradares de autopistas y autovías multarán a todo aquel vehículo quetransite a más de 120 km/h . La cuantía de esta sanción se sitúa en 100euros, aunque no restará puntos. La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restanpuntos dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General de Tráfico(DGT) considera que no tienen una incidencia importante en la mortalidad enlas carreteras. Así, ya no quitará puntos circular por autopistas yautovías con vehículos que lo tengan prohibido, como es el caso de losciclomotores, llevar en los vehículos más ocupantes de lo permitido yaparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o una curva. Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carnésí supondrán una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sancionespor pequeños excesos de velocidad en vías con el límite situado en 120 km/h, circular rápido en tramos urbanos será más perseguido. De esta forma,conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h , pasaráde suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos. MATRÍCULAS LEGIBLES Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a lasmatrículas. A partir del momento en que entre en vigor la reforma de la Leyde Seguridad Vial, los conductores de motocicletas, coches, camiones yfurgonetas tendrá la obligación de mantener las placas de matrícula limpiasy legibles. El objetivo es impedir que se modifiquen o se oculten lasmatrículas para evitar los radares. Si algún conductor es detectado con la matrícula ilegible a propósito, serásancionado con 200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos.En la actualidad, esta infracción no restaba puntos. También se descontarácuatro puntos a todo aquel que circule con el carné de conducirtemporalmente retirado. Además, el uso de detectores de radares pasará arestar 6 puntos (2 hasta ahora), mientras que quien no mantenga ladistancia de seguridad verá mermado su saldo en 4 puntos, uno más que en laactualidad. Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que losconductores paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega acobrarse jamás. Para ello, la DGT apuesta por el pronto pago, queconllevará una rebaja del 40% de la sanción, un 10% más que a día de hoy,siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y abone la multa en 15 días.
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