Luis Vittor.
En noviembre del año 1998, líderes comunales de diversas regiones del Perú coincidieron en un seminario para hablar sobre los impactos de la minería en sus comunidades. El encuentro pudo ser uno de tantos encuentros celebrados, sin embargo sus conclusiones y acuerdos abrirían una nueva etapa en las luchas de las comunidades por sus derechos frente a la industria minería y las políticas de Estado. Esta nueva etapa esta marcada por la emergencia de la Confederación Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería – CONACAMI y la aparición de un movimiento contra los impactos negativos de la minería desde el espacio comunal hasta el espacio nacional.
10 años después CONACAMI ha logrado constituirse en el principal referente del movimiento indígena andino y considerado una de las experiencias emblemáticas de organización y resistencia a la minería. Es precisamente sobre lo segundo que nos ocuparemos con la finalidad de aportar al conocimiento de su proceso y los aprendizajes que nos transmite la experiencia. Nos centraremos en el proceso de resistencia a la minería (1999-2006) y en posteriores artículos abordaremos sus aportes a la construcción del movimiento indígena en el país.
La primera parte nos presenta el contexto que sirve de marco para el surgimiento de la experiencia caracterizado por las reformas estructurales aplicadas en los años noventa y que favorecieron el desarrollo de la minería. Una segunda parte nos permite describir el proceso de construcción de la CONACAMI, caracterizado por la transición de las luchas solitarias de las comunidades afectadas por la minería a una articulación estratégica para la defensa de sus derechos. La tercera parte esta concentrada en abordar brevemente el proceso de reafirmación como organización indígena. En la última sección presentamos una valoración de las diversas estrategias que las comunidades y sus organizaciones han implementado en la defensa de sus derechos colectivos.
I.- Comunidades, Reformas Liberales y Minería (1990-1999)
La situación de las comunidades: del proteccionismo a la mercantilización de sus tierras
Las comunidades de los Andes constituyen la forma colectiva de organización más importante en el Perú. Hasta los años setenta fueron reconocidas como “comunidades de indígenas” y a partir de la reforma agraria (1969) fueron denominadas “comunidades campesinas”. Su vigencia histórica y cultural está unida a la ocupación de un determinado espacio territorial, al uso colectivo de la tierra y los recursos naturales que se encuentran bajo sus dominios. El espacio territorial que ocupan las comunidades ha permitido que se mantengan vigentes las prácticas culturales, expresándose de esta manera el carácter multicultural y plurilingüe del país.
El número de comunidades se ha incrementado en el periodo de la experiencia que compartimos. En 1991 se registraron 4792 [1] y en la actualidad existen más de 5998 comunidades reconocidas [2]. Su ubicación se concentra en regiones como Puno, Cusco, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac y Junín; y sus territorios comunales ocupan aproximadamente 14 millones de hectáreas [3]. Las principales organizaciones campesinas eran la Confederación Campesina del Perú (CCP) y la Confederación Nacional Agraria (CNA).
En 1997, al referirse a la situación de las organizaciones campesinas, Fernando Eguren [4] señaló que “(…) la fortaleza y legitimidad tanto de los gremios (como de los partidos que los apoyaron) ha ido decayendo, constatándose actualmente un agudo problema de debilidad institucional y de representación” y concluía que “actualmente no existen movilizaciones en el sentido tradicional del término (que implica conducción, masividad, visibilidad local, regional o nacional, alianzas, y precisión de objetivos), sino múltiples formas de acción que expresan una diversidad de situaciones”.
Sin embargo, no descartaba “que ocurran estas movilizaciones en un futuro, sobre todo en relación con la inseguridad de la tenencia de las comunidades campesinas de la costa, de la inseguridad de las comunidades campesinas de sierra frente a los denuncios mineros, y de las comunidades nativas amazónicas frente a los denuncios petroleros”. Entonces se advertía claramente que la expansión de la minería era un tema sentido en las comunidades y que podría desencadenar una escalada de conflictos en los andes.
La situación de inseguridad jurídica de las comunidades fue originada por las reformas políticas implementadas durante el primer gobierno de Alberto Fujimori (1990-1995) con la finalidad de atraer inversiones extranjeras lo que requería un marco que facilitará el acceso a los recursos mineros que se encuentran en tierras de comunidades.
Los derechos territoriales de las comunidades, en especial los principios referidos a su protección por el Estado, fueron eliminados por la Constitución Política (1993) y otras leyes. La Constitución peruana reconoce el derecho de propiedad de las comunidades sobre la superficie y refiere que la propiedad del subsuelo es del Estado. En 1995 se dicto la Ley 26505, Ley de Inversión Privada en el Desarrollo de las Actividades Económicas en las Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades Campesinas y Nativas (“ley de tierras”) con clara inspiración liberal y de mercantilización de las tierras. Para Jaime Urrutia la lógica de esta ley era “clara para desarrollar el mercado de tierras hay que regularizar la propiedad de las parcelas y liberalizar al máximo las tierras de las comunidades campesina” [5].
El Art. 7º de esta Ley fue modificado por la Ley 26570 (“ley de servidumbre minera”), introduciendo que “la utilización de tierras para el ejercicio de actividades mineras o de hidrocarburos requiere acuerdo previo con el propietario o la culminación del procedimiento de servidumbre” y que dicho acto se podría realizar por acuerdo de Asamblea General con el voto aprobatorio de los dos tercios de todos los miembros de la comunidad.
En noviembre del año 1998, líderes comunales de diversas regiones del Perú coincidieron en un seminario para hablar sobre los impactos de la minería en sus comunidades. El encuentro pudo ser uno de tantos encuentros celebrados, sin embargo sus conclusiones y acuerdos abrirían una nueva etapa en las luchas de las comunidades por sus derechos frente a la industria minería y las políticas de Estado. Esta nueva etapa esta marcada por la emergencia de la Confederación Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería – CONACAMI y la aparición de un movimiento contra los impactos negativos de la minería desde el espacio comunal hasta el espacio nacional.
10 años después CONACAMI ha logrado constituirse en el principal referente del movimiento indígena andino y considerado una de las experiencias emblemáticas de organización y resistencia a la minería. Es precisamente sobre lo segundo que nos ocuparemos con la finalidad de aportar al conocimiento de su proceso y los aprendizajes que nos transmite la experiencia. Nos centraremos en el proceso de resistencia a la minería (1999-2006) y en posteriores artículos abordaremos sus aportes a la construcción del movimiento indígena en el país.
La primera parte nos presenta el contexto que sirve de marco para el surgimiento de la experiencia caracterizado por las reformas estructurales aplicadas en los años noventa y que favorecieron el desarrollo de la minería. Una segunda parte nos permite describir el proceso de construcción de la CONACAMI, caracterizado por la transición de las luchas solitarias de las comunidades afectadas por la minería a una articulación estratégica para la defensa de sus derechos. La tercera parte esta concentrada en abordar brevemente el proceso de reafirmación como organización indígena. En la última sección presentamos una valoración de las diversas estrategias que las comunidades y sus organizaciones han implementado en la defensa de sus derechos colectivos.
I.- Comunidades, Reformas Liberales y Minería (1990-1999)
La situación de las comunidades: del proteccionismo a la mercantilización de sus tierras
Las comunidades de los Andes constituyen la forma colectiva de organización más importante en el Perú. Hasta los años setenta fueron reconocidas como “comunidades de indígenas” y a partir de la reforma agraria (1969) fueron denominadas “comunidades campesinas”. Su vigencia histórica y cultural está unida a la ocupación de un determinado espacio territorial, al uso colectivo de la tierra y los recursos naturales que se encuentran bajo sus dominios. El espacio territorial que ocupan las comunidades ha permitido que se mantengan vigentes las prácticas culturales, expresándose de esta manera el carácter multicultural y plurilingüe del país.
El número de comunidades se ha incrementado en el periodo de la experiencia que compartimos. En 1991 se registraron 4792 [1] y en la actualidad existen más de 5998 comunidades reconocidas [2]. Su ubicación se concentra en regiones como Puno, Cusco, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac y Junín; y sus territorios comunales ocupan aproximadamente 14 millones de hectáreas [3]. Las principales organizaciones campesinas eran la Confederación Campesina del Perú (CCP) y la Confederación Nacional Agraria (CNA).
En 1997, al referirse a la situación de las organizaciones campesinas, Fernando Eguren [4] señaló que “(…) la fortaleza y legitimidad tanto de los gremios (como de los partidos que los apoyaron) ha ido decayendo, constatándose actualmente un agudo problema de debilidad institucional y de representación” y concluía que “actualmente no existen movilizaciones en el sentido tradicional del término (que implica conducción, masividad, visibilidad local, regional o nacional, alianzas, y precisión de objetivos), sino múltiples formas de acción que expresan una diversidad de situaciones”.
Sin embargo, no descartaba “que ocurran estas movilizaciones en un futuro, sobre todo en relación con la inseguridad de la tenencia de las comunidades campesinas de la costa, de la inseguridad de las comunidades campesinas de sierra frente a los denuncios mineros, y de las comunidades nativas amazónicas frente a los denuncios petroleros”. Entonces se advertía claramente que la expansión de la minería era un tema sentido en las comunidades y que podría desencadenar una escalada de conflictos en los andes.
La situación de inseguridad jurídica de las comunidades fue originada por las reformas políticas implementadas durante el primer gobierno de Alberto Fujimori (1990-1995) con la finalidad de atraer inversiones extranjeras lo que requería un marco que facilitará el acceso a los recursos mineros que se encuentran en tierras de comunidades.
Los derechos territoriales de las comunidades, en especial los principios referidos a su protección por el Estado, fueron eliminados por la Constitución Política (1993) y otras leyes. La Constitución peruana reconoce el derecho de propiedad de las comunidades sobre la superficie y refiere que la propiedad del subsuelo es del Estado. En 1995 se dicto la Ley 26505, Ley de Inversión Privada en el Desarrollo de las Actividades Económicas en las Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades Campesinas y Nativas (“ley de tierras”) con clara inspiración liberal y de mercantilización de las tierras. Para Jaime Urrutia la lógica de esta ley era “clara para desarrollar el mercado de tierras hay que regularizar la propiedad de las parcelas y liberalizar al máximo las tierras de las comunidades campesina” [5].
El Art. 7º de esta Ley fue modificado por la Ley 26570 (“ley de servidumbre minera”), introduciendo que “la utilización de tierras para el ejercicio de actividades mineras o de hidrocarburos requiere acuerdo previo con el propietario o la culminación del procedimiento de servidumbre” y que dicho acto se podría realizar por acuerdo de Asamblea General con el voto aprobatorio de los dos tercios de todos los miembros de la comunidad.
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