La Justicia gallega desestima el recurso presentado por la familia del dictador
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia acordó desestimar el recurso presentado por Carmen Franco Polo, hija del dictador, en el que solicitaba la paralización de un decreto que declaraba el Pazo de Meirás, la residencia veraniega de Franco, como bien de interés cultural y por lo tanto, de acceso público, durante cuatro días al mes.
La familia del general Francisco Franco basaba su petición en los gastos de vigilancia y de seguro de accidentes que le ocasionaría tener que abrir el edificio y la finca que lo rodea, ubicado en el municipio coruñés de Sada, "así como el alto coste que supondría tener que recibir a los visitantes procedentes de toda Galicia, sin descartar que puedan existir problemas de orden público ante una eventual manifestación de carácter político o por la entrada de cualquier persona que aprovechara la ocasión para cometer algún acto vandálico o atentado".
"Perjuicios hipotéticos"
La decisión de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Galicia considera que estos perjuicios son "hipotéticos, cuando no de todo punto irreales", y apunta que alguno de ellos podría tenerse en cuenta cuando la Administración autonómica fije el calendario y el sistema de visitas por parte del público. También especifica que, de producirse esos daños, el Gobierno regional tiene mecanismos para resarcirlos. La sentencia rechaza la opinión de la heredera de Franco de que el expediente se siguió "por razones distintas de la conservación del patrimonio y para allanar el camino a una futura expropiación" y considera que la Xunta tiene capacidad para la declaración que realizó sobre el pazo.
"Por provenir de mis paisanos"
El edificio, que antes se llamaba Torres de Meirás, sufrió una reforma arquitectónica de estilo regionalista para darle aire de pazo, y fue donado al caudillo, después de finalizada la Guerra Civil. Franco aceptó gustoso el regalo "por provenir de mis paisanos", afirmó. En los primeros años de democracia, surgió un movimiento popular para pedir su devolución al Patrimonio público.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia acordó desestimar el recurso presentado por Carmen Franco Polo, hija del dictador, en el que solicitaba la paralización de un decreto que declaraba el Pazo de Meirás, la residencia veraniega de Franco, como bien de interés cultural y por lo tanto, de acceso público, durante cuatro días al mes.
La familia del general Francisco Franco basaba su petición en los gastos de vigilancia y de seguro de accidentes que le ocasionaría tener que abrir el edificio y la finca que lo rodea, ubicado en el municipio coruñés de Sada, "así como el alto coste que supondría tener que recibir a los visitantes procedentes de toda Galicia, sin descartar que puedan existir problemas de orden público ante una eventual manifestación de carácter político o por la entrada de cualquier persona que aprovechara la ocasión para cometer algún acto vandálico o atentado".
"Perjuicios hipotéticos"
La decisión de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Galicia considera que estos perjuicios son "hipotéticos, cuando no de todo punto irreales", y apunta que alguno de ellos podría tenerse en cuenta cuando la Administración autonómica fije el calendario y el sistema de visitas por parte del público. También especifica que, de producirse esos daños, el Gobierno regional tiene mecanismos para resarcirlos. La sentencia rechaza la opinión de la heredera de Franco de que el expediente se siguió "por razones distintas de la conservación del patrimonio y para allanar el camino a una futura expropiación" y considera que la Xunta tiene capacidad para la declaración que realizó sobre el pazo.
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