Impuestos de pobres para deportistas ricos
Más de 150 futbolistas extranjeros se benefician de un régimen fiscal creado para atraer 'masa gris' empresarial y por el que Ronaldo y Kaká tributarán como si ganaran 55.000 euros.
22-06-2009 - Cristiano Ronaldo y Kaká, y seguramente el francés Ribery, las últimas estrellas de la constelación del Real Madrid de Florentino Pérez, se van a beneficiar de un régimen fiscal especial por el que sólo pagarán un 24% de sus fichas millonarias, mientras que los jugadores españoles están sometidos al tipo marginal del 43%. En todo caso, es el mismo tipo medio (porcentaje que se abona sobre el total de las rentas) que paga a Hacienda un asalariado español que declara ingresos de sólo 55.000 euros.
Se trata del régimen fiscal de los impatriados que configuró el Gobierno del PP en 2003 (entró en vigor en 2004) y que ha mantenido el PSOE. El actual Ejecutivo bajó, incluso, un punto (del 25% al 24%) esta tributación única.
El objetivo de esta norma, que se aplicó por primera vez en Reino Unido en 1999, era el de favorecer con una fiscalidad más laxa la llegada a España de personas físicas con un determinado nivel de cualificación. La idea era, además, atraer capitales e inversiones foráneas. Según la justificación política de esta ley, se perseguía que residieran en España los principales ejecutivos y dirigentes, y también investigadores, de las grandes multinacionales.
Sin embargo, la medida ha servido de muy poco porque Hacienda sólo ha expedido el certificado de no residente a unas 1.500 personas. De ellos, unos 150 -es decir, el 10%- son deportistas, la mayor parte de ellos futbolistas profesionales.
Los clubes de fútbol son los más beneficiados por esta fiscalidad especial, ya que les permite ofrecer fichas más altas (en neto) que a los jugadores nacionales. De esta forma, se ha desvirtuado el sentido de la norma. Y en lugar de ser empleada para traer masa gris se utiliza para importar músculo.
El caso es que, en pleno debate político sobre la subida de impuestos que ya ha comenzado a aplicar el Gobierno -y que seguirá en 2009 con el IRPF- algunos partidos están pidiendo la revisión de esta normativa. El Congreso debatirá el martes una proposición no de ley, presentada por IU-ICV, con el objeto de que los jugadores con fichas superiores a los 60.000 euros mensuales no puedan acogerse a una tributación del 24%.
De producirse este cambio, los clubes españoles serían los más afectados. No tanto los jugadores, ya que, por ejemplo, Cristiano Ronaldo y Kaká han negociado sus contratos excluyendo impuestos.
De cualquier forma, los contratos de estos profesionales son el secreto mejor guardado por los equipos y la Federación de Fútbol, donde están depositados. Lo habitual, según reconocen los expertos fiscales consultados, es que se les diseñe un traje fiscal con sociedades interpuestas en el extranjero, en paraísos fiscales o en países con una mejor fiscalidad.
El contrato de Cristiano Ronaldo, que en España rondará los 9,5 millones de euros netos al año, no va a ser una excepción, pues la mayor parte de sus ingresos en derechos de imagen se gestionarán desde fuera de España. Y Hacienda no pillará un solo euro.
¿Por qué el contrato inicial de Ronaldo era de cinco años y se amplió definitivamente hasta seis en las últimas horas de la negociación? Para que se beneficiaran el club y el jugador del número total de años que prevé el régimen fiscal para los impatriados (o expatriados). Los mismos años contempla el contrato de Kaká, a pesar de que cuando concluya tendrá 33 años, una edad elevada para el ejercicio de este deporte.
La fiscalidad, que delimita los ingresos y los costes del club, es tan importante en los fichajes que Ronaldinho decidió marcharse del Barcelona al Milán cuando habían transcurrido sus seis años de contrato y debía negociar unas nuevas condiciones. El problema era que se le acabaron estos privilegios tributarios para los deportistas extranjeros en España e, independientemente de las razones deportivas, al club le salía mucho más cara su continuidad, ya que tendría que tributar al tipo marginal del 43%.
Este régimen fiscal es una copia del modelo británico. El Gobierno inglés lo creó a finales de los 90 para favorecer la llegada de empresarios y financieros. Y tuvo sus efectos, porque la City se llenó de ricos de otros países que, por una módica tributación del 30% de los ingresos obtenidos en este territorio, se olvidaban de pagar por las demás rentas mundiales. Entre ellos, el actual presidente del Chelsea, Roman Abramovich. Por ese porcentaje, además, podrían tributar por las rentas que importaran al Reino Unido procedentes de otros países. Sin embargo, no se les exigía que así lo hicieran y, en todo caso, era fácil distraerlas, pues resulta sencillo diseñar un entramado con empresas controladas en paraísos fiscales o en países donde apenas tributan los no residentes.
Sin embargo, ha habido cambios recientes. El Gobierno inglés ha elevado ese porcentaje hasta el 50%. De ahí que muchos jugadores extranjeros en el fútbol inglés se hayan puesto el cartel de transferibles para recalar en otras ligas -por ejemplo la española- con un porcentaje fiscal sobre los ingresos muy benigno.
En el caso contrario se encuentran los españoles que juegan en la liga inglesa. Salen perdiendo, porque tendrán que pagar 20 puntos más al fisco inglés, salvo que en sus contratos -y no es lo habitual- figuren ingresos netos en lugar de brutos.
Por tanto, las figuras españolas en el Liverpool o Arsenal, por ejemplo, están más dispuestas ahora a cambiar de aires porque pierden ingresos. Sin embargo, ni Torres, Alonso, Arbeloa o Cesc podrían acogerse a este régimen fiscal, porque la ley «les obliga a llevar fuera al menos 10 años», señala Bárbara Pardo de Santayana, socia del área de Expatriados de Ernst & Young Abogados.
A diferencia del modelo británico, en España los jugadores considerados no residentes (aunque viven y tienen su actividad principal en el país) «sólo tributan por los ingresos que obtengan aquí», señala José María Leis, asociado senior de Ernst & Young. Por tanto, las rentas de fuera no aportarán un euro al fisco y, obviamente, se diluirán en el limbo fiscal porque es posible que no tributen en ningún país.
En este sentido, los expertos dicen que si alguna vez se decide cambiar el régimen, podría mantenerse ese 24% (en lugar del 43% de los demás residentes españoles) a cambio de que tributaran por la totalidad de sus rentas mundiales. Pero no es así, y España se ha convertido en una especie de paraíso fiscal bis para este colectivo.
Sí sucede así, por ejemplo, en Estados Unidos. Es el caso de Pau Gasol, jugador de baloncesto de Los Angeles Lakers. Tributa en Estados Unidos, pero cuando juega con la selección española o asiste a un campus en España se le retiene el 24% de sus ingresos a cuenta de la liquidación definitiva que luego realizará ante el fisco norteamericano. Se deducirá la cantidad resultante para evitar la doble imposición, pues existe un convenio entre ambas haciendas.
Entre los requisitos para obtener este certificado de no residente, que deberá tramitarse ante la Agencia Tributaria en los seis primeros meses de la llegada a España, se exige la mediación de un contrato laboral y que los rendimientos se obtengan aquí.
Sin embargo, existen subterfugios legales para evitar la tributación del 24% por la totalidad de los ingresos. Así, este régimen reconoce también la posibilidad de que los futbolistas exploten sus derechos de imagen a través de sociedades para obtener un mejor tratamiento fiscal. En este sentido, Hacienda considera que sólo el 15% de la ficha anual se puede dedicar a estos derechos. Es decir, obligatoriamente, el 85% de los ingresos son rentas de trabajo y el 15% derechos de imagen, sobre los que caben otras posibilidades fiscales más laxas.
Lo normal, dicen los expertos, es que Ronaldo tenga constituida una sociedad interpuesta que cobre esos derechos. Pero no en España, porque tributaría al tipo del 25%, sino, por ejemplo, en Holanda, que tiene un tipo del 5%. Y si quiere rizar más el rizo, podría disponer de otra sociedad instrumental, poseedora de esas acciones, en las Antillas Holandesas, donde la tributación es sólo del 1,7%. Por tanto, ese 15% de la ficha no acabaría pagando el 24%, sino el mencionado 1,7%, siempre y cuando lo controle el fisco español. Si directamente tiene una sociedad en un paraíso fiscal, la tributación sería de cero.
Esta instrumentalización también la hacen los jugadores españoles. Según fuentes de la inspección de Hacienda, «muchos futbolistas de de la liga tienen sociedades fuera», con lo que rebajan sustancialmente ese tipo marginal del 43% al confeccionar estructuras fiscales óptimas con ese 15% de sus derechos de imagen.
De todas formas, la principal fuente de ingresos de Ronaldo o Kaká, y de otros impatriados, serán los derechos de imagen obtenidos fuera de España. El Real Madrid se ha garantizado la cesión del 50% de los derechos del brasileño y lo mismo pretende del jugador portugués.
Fuera de España
José María Mollinedo, secretario general del colectivo de Técnicos de Hacienda, dice que lo habitual es que cuando alguno de ellos acuda a grabar, por ejemplo, un anuncio a un país europeo, «se les aplique la retención fiscal correspondiente si existe la tributación de no residente». Será el único impuesto que pague. Pero el fisco español no podrá hacer nada porque estos ingresos se obtienen fuera de nuestras fronteras.
Pero también es frecuente que el lugar elegido para estos actos sea un paraíso fiscal como Mónaco, donde no hay tributación alguna. En ese caso, el beneficio es mucho mayor.
En cuanto a los ingresos, el 50% los podrá cobrar el Madrid y tendría que integrarlos en la base imponible a la hora de liquidar el Impuesto de Sociedades. Pero si se trata de un paraíso fiscal, «no sería difícil deslocalizar ese ingreso», comentan los expertos consultados. En este sentido, recuerdan que si esas rentas se obtienen en cualquier otro país, podría aparecer como propietaria de estos derechos una empresa constituida en un paraíso fiscal, con lo que también se diluiría ese cobro.
Mollinedo insiste en que «debería derogarse este régimen fiscal de los futbolistas, porque no es moralmente aplicable». Mientras un ciudadano español paga ya un 24% de sus impuestos con obtener ingresos de 55.000 euros, los deportistas pueden ganar millones con el mismo porcentaje de retención. El régimen de impatriados «no ha servido para nada», asevera Francisco de la Torre, secretario general de la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado. «Este beneficio fiscal no tiene sentido»
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Más de 150 futbolistas extranjeros se benefician de un régimen fiscal creado para atraer 'masa gris' empresarial y por el que Ronaldo y Kaká tributarán como si ganaran 55.000 euros.
22-06-2009 - Cristiano Ronaldo y Kaká, y seguramente el francés Ribery, las últimas estrellas de la constelación del Real Madrid de Florentino Pérez, se van a beneficiar de un régimen fiscal especial por el que sólo pagarán un 24% de sus fichas millonarias, mientras que los jugadores españoles están sometidos al tipo marginal del 43%. En todo caso, es el mismo tipo medio (porcentaje que se abona sobre el total de las rentas) que paga a Hacienda un asalariado español que declara ingresos de sólo 55.000 euros.
Se trata del régimen fiscal de los impatriados que configuró el Gobierno del PP en 2003 (entró en vigor en 2004) y que ha mantenido el PSOE. El actual Ejecutivo bajó, incluso, un punto (del 25% al 24%) esta tributación única.
El objetivo de esta norma, que se aplicó por primera vez en Reino Unido en 1999, era el de favorecer con una fiscalidad más laxa la llegada a España de personas físicas con un determinado nivel de cualificación. La idea era, además, atraer capitales e inversiones foráneas. Según la justificación política de esta ley, se perseguía que residieran en España los principales ejecutivos y dirigentes, y también investigadores, de las grandes multinacionales.
Sin embargo, la medida ha servido de muy poco porque Hacienda sólo ha expedido el certificado de no residente a unas 1.500 personas. De ellos, unos 150 -es decir, el 10%- son deportistas, la mayor parte de ellos futbolistas profesionales.
Los clubes de fútbol son los más beneficiados por esta fiscalidad especial, ya que les permite ofrecer fichas más altas (en neto) que a los jugadores nacionales. De esta forma, se ha desvirtuado el sentido de la norma. Y en lugar de ser empleada para traer masa gris se utiliza para importar músculo.
El caso es que, en pleno debate político sobre la subida de impuestos que ya ha comenzado a aplicar el Gobierno -y que seguirá en 2009 con el IRPF- algunos partidos están pidiendo la revisión de esta normativa. El Congreso debatirá el martes una proposición no de ley, presentada por IU-ICV, con el objeto de que los jugadores con fichas superiores a los 60.000 euros mensuales no puedan acogerse a una tributación del 24%.
De producirse este cambio, los clubes españoles serían los más afectados. No tanto los jugadores, ya que, por ejemplo, Cristiano Ronaldo y Kaká han negociado sus contratos excluyendo impuestos.
De cualquier forma, los contratos de estos profesionales son el secreto mejor guardado por los equipos y la Federación de Fútbol, donde están depositados. Lo habitual, según reconocen los expertos fiscales consultados, es que se les diseñe un traje fiscal con sociedades interpuestas en el extranjero, en paraísos fiscales o en países con una mejor fiscalidad.
El contrato de Cristiano Ronaldo, que en España rondará los 9,5 millones de euros netos al año, no va a ser una excepción, pues la mayor parte de sus ingresos en derechos de imagen se gestionarán desde fuera de España. Y Hacienda no pillará un solo euro.
¿Por qué el contrato inicial de Ronaldo era de cinco años y se amplió definitivamente hasta seis en las últimas horas de la negociación? Para que se beneficiaran el club y el jugador del número total de años que prevé el régimen fiscal para los impatriados (o expatriados). Los mismos años contempla el contrato de Kaká, a pesar de que cuando concluya tendrá 33 años, una edad elevada para el ejercicio de este deporte.
La fiscalidad, que delimita los ingresos y los costes del club, es tan importante en los fichajes que Ronaldinho decidió marcharse del Barcelona al Milán cuando habían transcurrido sus seis años de contrato y debía negociar unas nuevas condiciones. El problema era que se le acabaron estos privilegios tributarios para los deportistas extranjeros en España e, independientemente de las razones deportivas, al club le salía mucho más cara su continuidad, ya que tendría que tributar al tipo marginal del 43%.
Este régimen fiscal es una copia del modelo británico. El Gobierno inglés lo creó a finales de los 90 para favorecer la llegada de empresarios y financieros. Y tuvo sus efectos, porque la City se llenó de ricos de otros países que, por una módica tributación del 30% de los ingresos obtenidos en este territorio, se olvidaban de pagar por las demás rentas mundiales. Entre ellos, el actual presidente del Chelsea, Roman Abramovich. Por ese porcentaje, además, podrían tributar por las rentas que importaran al Reino Unido procedentes de otros países. Sin embargo, no se les exigía que así lo hicieran y, en todo caso, era fácil distraerlas, pues resulta sencillo diseñar un entramado con empresas controladas en paraísos fiscales o en países donde apenas tributan los no residentes.
Sin embargo, ha habido cambios recientes. El Gobierno inglés ha elevado ese porcentaje hasta el 50%. De ahí que muchos jugadores extranjeros en el fútbol inglés se hayan puesto el cartel de transferibles para recalar en otras ligas -por ejemplo la española- con un porcentaje fiscal sobre los ingresos muy benigno.
En el caso contrario se encuentran los españoles que juegan en la liga inglesa. Salen perdiendo, porque tendrán que pagar 20 puntos más al fisco inglés, salvo que en sus contratos -y no es lo habitual- figuren ingresos netos en lugar de brutos.
Por tanto, las figuras españolas en el Liverpool o Arsenal, por ejemplo, están más dispuestas ahora a cambiar de aires porque pierden ingresos. Sin embargo, ni Torres, Alonso, Arbeloa o Cesc podrían acogerse a este régimen fiscal, porque la ley «les obliga a llevar fuera al menos 10 años», señala Bárbara Pardo de Santayana, socia del área de Expatriados de Ernst & Young Abogados.
A diferencia del modelo británico, en España los jugadores considerados no residentes (aunque viven y tienen su actividad principal en el país) «sólo tributan por los ingresos que obtengan aquí», señala José María Leis, asociado senior de Ernst & Young. Por tanto, las rentas de fuera no aportarán un euro al fisco y, obviamente, se diluirán en el limbo fiscal porque es posible que no tributen en ningún país.
En este sentido, los expertos dicen que si alguna vez se decide cambiar el régimen, podría mantenerse ese 24% (en lugar del 43% de los demás residentes españoles) a cambio de que tributaran por la totalidad de sus rentas mundiales. Pero no es así, y España se ha convertido en una especie de paraíso fiscal bis para este colectivo.
Sí sucede así, por ejemplo, en Estados Unidos. Es el caso de Pau Gasol, jugador de baloncesto de Los Angeles Lakers. Tributa en Estados Unidos, pero cuando juega con la selección española o asiste a un campus en España se le retiene el 24% de sus ingresos a cuenta de la liquidación definitiva que luego realizará ante el fisco norteamericano. Se deducirá la cantidad resultante para evitar la doble imposición, pues existe un convenio entre ambas haciendas.
Entre los requisitos para obtener este certificado de no residente, que deberá tramitarse ante la Agencia Tributaria en los seis primeros meses de la llegada a España, se exige la mediación de un contrato laboral y que los rendimientos se obtengan aquí.
Sin embargo, existen subterfugios legales para evitar la tributación del 24% por la totalidad de los ingresos. Así, este régimen reconoce también la posibilidad de que los futbolistas exploten sus derechos de imagen a través de sociedades para obtener un mejor tratamiento fiscal. En este sentido, Hacienda considera que sólo el 15% de la ficha anual se puede dedicar a estos derechos. Es decir, obligatoriamente, el 85% de los ingresos son rentas de trabajo y el 15% derechos de imagen, sobre los que caben otras posibilidades fiscales más laxas.
Lo normal, dicen los expertos, es que Ronaldo tenga constituida una sociedad interpuesta que cobre esos derechos. Pero no en España, porque tributaría al tipo del 25%, sino, por ejemplo, en Holanda, que tiene un tipo del 5%. Y si quiere rizar más el rizo, podría disponer de otra sociedad instrumental, poseedora de esas acciones, en las Antillas Holandesas, donde la tributación es sólo del 1,7%. Por tanto, ese 15% de la ficha no acabaría pagando el 24%, sino el mencionado 1,7%, siempre y cuando lo controle el fisco español. Si directamente tiene una sociedad en un paraíso fiscal, la tributación sería de cero.
Esta instrumentalización también la hacen los jugadores españoles. Según fuentes de la inspección de Hacienda, «muchos futbolistas de de la liga tienen sociedades fuera», con lo que rebajan sustancialmente ese tipo marginal del 43% al confeccionar estructuras fiscales óptimas con ese 15% de sus derechos de imagen.
De todas formas, la principal fuente de ingresos de Ronaldo o Kaká, y de otros impatriados, serán los derechos de imagen obtenidos fuera de España. El Real Madrid se ha garantizado la cesión del 50% de los derechos del brasileño y lo mismo pretende del jugador portugués.
Fuera de España
José María Mollinedo, secretario general del colectivo de Técnicos de Hacienda, dice que lo habitual es que cuando alguno de ellos acuda a grabar, por ejemplo, un anuncio a un país europeo, «se les aplique la retención fiscal correspondiente si existe la tributación de no residente». Será el único impuesto que pague. Pero el fisco español no podrá hacer nada porque estos ingresos se obtienen fuera de nuestras fronteras.
Pero también es frecuente que el lugar elegido para estos actos sea un paraíso fiscal como Mónaco, donde no hay tributación alguna. En ese caso, el beneficio es mucho mayor.
En cuanto a los ingresos, el 50% los podrá cobrar el Madrid y tendría que integrarlos en la base imponible a la hora de liquidar el Impuesto de Sociedades. Pero si se trata de un paraíso fiscal, «no sería difícil deslocalizar ese ingreso», comentan los expertos consultados. En este sentido, recuerdan que si esas rentas se obtienen en cualquier otro país, podría aparecer como propietaria de estos derechos una empresa constituida en un paraíso fiscal, con lo que también se diluiría ese cobro.
Mollinedo insiste en que «debería derogarse este régimen fiscal de los futbolistas, porque no es moralmente aplicable». Mientras un ciudadano español paga ya un 24% de sus impuestos con obtener ingresos de 55.000 euros, los deportistas pueden ganar millones con el mismo porcentaje de retención. El régimen de impatriados «no ha servido para nada», asevera Francisco de la Torre, secretario general de la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado. «Este beneficio fiscal no tiene sentido»
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