Posted: 09 Jul 2009 03:14 PM PDT
Aunque en la práctica darse de baja de nuestro proveedor de servicios de internet, es decir, con quién tenemos contratado el ADSL debería de ser un proceso simple y rápido, este proceso suele demorarse en el tiempo ya que la compañía pretende conseguir que nos aburramos con las trabas que nos suelen poner para que finalmente desistamos y no nos demos de baja finalmente.
Ante las miles de quejas que se han estado recibiendo en las oficinas de organizaciones de consumidores y otras asociaciones, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha elaborado una normativa con la que proteger los derechos de los usuarios frente a los abusos de las compañías de telecomunicaciones.
Así resulta que sea cual sea la compañía con la que tengamos contratado el ADSL, nos podremos dar de baja en cualquier momento simplemente bastará con comunicarlo a ésta con quince días de antelación.
Las vías para dar de baja el ADSL son:
Llamando por teléfono a la que hasta ahora ha sido nuestra compañía y comunicarle nuestra intención de darnos de baja de su servicio, debiendo de apuntar el número de referencia que nos den.
También podremos comunicar que nos queremos dar de baja a través del envío de un fax o por correo, indicando los datos personales del titular del servicio, DNI y número de teléfono.
Otra opción disponible es darnos de baja por vía telemática si la compañía tiene disponible esta opción.
Eso sí, una vez recibida la solicitud para darnos de baja, ésta debe de tramitarse en un plazo máximo de 15 días.
Aunque en la práctica darse de baja de nuestro proveedor de servicios de internet, es decir, con quién tenemos contratado el ADSL debería de ser un proceso simple y rápido, este proceso suele demorarse en el tiempo ya que la compañía pretende conseguir que nos aburramos con las trabas que nos suelen poner para que finalmente desistamos y no nos demos de baja finalmente.
Ante las miles de quejas que se han estado recibiendo en las oficinas de organizaciones de consumidores y otras asociaciones, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha elaborado una normativa con la que proteger los derechos de los usuarios frente a los abusos de las compañías de telecomunicaciones.
Así resulta que sea cual sea la compañía con la que tengamos contratado el ADSL, nos podremos dar de baja en cualquier momento simplemente bastará con comunicarlo a ésta con quince días de antelación.
Las vías para dar de baja el ADSL son:
Llamando por teléfono a la que hasta ahora ha sido nuestra compañía y comunicarle nuestra intención de darnos de baja de su servicio, debiendo de apuntar el número de referencia que nos den.
También podremos comunicar que nos queremos dar de baja a través del envío de un fax o por correo, indicando los datos personales del titular del servicio, DNI y número de teléfono.
Otra opción disponible es darnos de baja por vía telemática si la compañía tiene disponible esta opción.
Eso sí, una vez recibida la solicitud para darnos de baja, ésta debe de tramitarse en un plazo máximo de 15 días.
Vie 24 Mar 2023 - 17:25 por alma14
» Felices fiestas
Sáb 25 Dic 2021 - 7:00 por alma14
» Excedencia y posterior pedida de la habilitación
Sáb 25 Dic 2021 - 6:57 por alma14
» BAJA
Vie 15 Oct 2021 - 17:51 por Invitado
» Limpieza total
Mar 11 Ago 2020 - 17:45 por cliper91
» Juicio y vacaciones
Lun 10 Ago 2020 - 23:53 por alma14
» Necesito ayuda sobre el tema de requisitos de Escolta Privado
Lun 11 Mayo 2020 - 12:45 por escolta63
» que es un impacto negativo
Lun 11 Mayo 2020 - 12:43 por escolta63
» pregunta temario escolta
Lun 11 Mayo 2020 - 12:39 por escolta63
» Artículo de Alba
Lun 11 Mayo 2020 - 8:52 por alma14
» El TSJC rechaza el despido de dos gerocultoras por negarse a preparar medicación
Mar 25 Feb 2020 - 14:21 por alma14
» Comparativa Sueldos Vigilantes USA vs Alemania vs Francia vs España Por Toni -
Lun 24 Feb 2020 - 11:10 por alma14
» La empresa no puede exigir recuperar los días de asuntos propios
Lun 2 Dic 2019 - 17:05 por alma14
» El despido durante la baja médica ya es despido nulo
Lun 2 Dic 2019 - 16:49 por alma14
» Permiso retribuido en elecciones generales
Dom 3 Nov 2019 - 10:06 por alma14
» Venta de Corsys de Seguridad
Jue 12 Sep 2019 - 13:56 por popazo09
» Vigilantes barcelona
Miér 10 Jul 2019 - 15:34 por Iliess
» Infarto como accidente de trabajo
Mar 9 Jul 2019 - 19:54 por alma14
» convenio 2021
Mar 9 Jul 2019 - 19:46 por errnovato
» Tiempo TIP
Mar 9 Jul 2019 - 19:19 por alma14