Por primera vez el código penal incluirá un artículo específico para el acoso moral en el trabajo.
Jornadas de Acoso Moral del Colegio de Abogados de Bizkaia.
- “Países como Francia y Bélgica ya han reflejado esta conducta dentro de su código penal logrando en la práctica la despenalización del delito” apunta Juan Ignacio Marcos, coordinador del Observatorio Vasco sobre Acoso Moral en el Trabajo
- Un 3,5% de la población trabajadora en España sufre mobbing en su trabajo. En Vizcaya el año pasado se registraron cerca de 130 casos, “aunque en la realidad este dato es superior”
- El ejercicio del poder de dirección, las relaciones interpersonales y cómo se programa el tiempo en el trabajo son las principales causas de violencia psicológica en el trabajo
- “Tan negativo puede ser un jefe autoritario como otro que no ejerce autoridad. Hay muchos casos de este tipo en instituciones públicas”, apunta Manuel Velázquez, inspector jefe de la Inspección de Trabajo y SS de Bizkaia
Bilbao, marzo de 2010.- Por primera vez, el Código Penal incluirá dos artículos referentes al acoso moral en el trabajo y al acoso inmobiliario. Este proyecto, que se encuentra en tramitación parlamentaria en estos momentos, será aprobado presumiblemente en julio y puesto en vigor en octubre de este mismo año. Una novedad que se dará a conocer en las Jornadas “Puntos Críticos en la tutela frente al Acoso Moral” que se celebran los días 4 y 5 de marzo de la mano del Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia.
“Se trata de una iniciativa —haciendo referencia a los artículos— con consecuencias difíciles de calcular ya que de su redacción dependerá su efecto punitivo. Países como Francia y Bélgica ya han reflejado esta conducta dentro de su Código Penal, logrando en la práctica la despenalización del delito”, apunta Juan Ignacio Marcos González, coordinador del Observatorio Vasco sobre Acoso Moral en el Trabajo, que participará en la primera sesión con una charla titulada “Panorama actual del acoso Moral en el trabajo”.
El principal problema actual es que no existe una definición legal del mobbing. Hasta el momento, la pauta habitual ha sido la aplicación de diferentes artículos del vigente código penal —como es el caso del Art. 173.1: delito contra la integridad moral— a través de los cuales se ha desarrollado una jurisprudencia adaptada a los diferentes tipos de mobbing que se pueden suceder. “Nuestro temor es que una sola definición no pueda abarcar las diferentes especificaciones que se pueden dar en una situación de acoso moral en el trabajo”, señala Marcos.
Los datos oficiales apuntan que un 3,5% de la población trabajadora de España sufre mobbing en su trabajo, aunque “la realidad dice que este dato es muy superior, sobre todo si le sumamos situaciones parejas como el estrés o el síndrome del quemado”. De ellos, ni el 1% llega a denunciar la situación. En Vizcaya el año pasado se registraron cerca de 130 casos denunciados ante la Inspección de Bizkaia. Un problema en el que todavía existe un alto grado de desconocimiento y poca empatía hacia sus víctimas. “El abuso social que se ha hecho de este tipo de situaciones ha conllevado su desprestigio. Ahora, cuando un trabajador habla de mobbing se le mira mal y se le incita a aguantar”.
Fue en el año 2002 cuando el Gobierno Vasco habló por primera vez de prevención del mobbing, pero lo cierto es que desde 1995 quedó recogido de forma indirecta dentro de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. “A pesar de que es obligatorio, muchas empresas no realizan evaluaciones de riesgos psicosociales. No existe conciencia. Las empresas miran para otro lado cuando hablamos de acoso moral en el trabajo”.
El último avance en esta materia ha sido la obtención de una sentencia, recurrida ante el Tribunal Supremo, en la que se le obliga a la publicación y publicidad de la resolución judicial. Esto supone que la empresa deberá colgar en su tablón de anuncios la sentencia con el fin de restablecer el honor de la víctima. El siguiente paso está encauzado a conseguir la condena de los servicios de prevención cuando se dé un caso de este tipo.
Qué situaciones causan violencia psicológica
¿Es realmente posible la prevención del acoso moral? Bajo esta idea el experto Manuel Velázquez Fernández, inspector jefe de la Inspección de Trabajo y SS de Bizkaia, ha analizado las técnicas que actualmente se ponen en práctica a fin de prevenir la violencia psicológica en el trabajo y los riesgos psicosociales que conlleva.
Durante su intervención en las Jornadas “Puntos críticos en la tutela frente al acoso moral” que organiza estos días el Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia, Velázquez ha señalado que la clave para evitar estas situaciones reside en la propia organización del trabajo y la cultura empresarial de las organizaciones.
“Los principales factores que dan lugar a situaciones de violencia psicológica en las empresas tienen que ver con el mando y la dirección. Tan negativo es un jefe autoritario como otro que deja hacer”. En este último caso, si quien tiene el mando no lo ejerce, el efecto es que surgen conflictos en la empresa. “Hay muchos casos de este tipo en instituciones públicas”.
También desencadenan situaciones de acoso y estrés laboral los aspectos que tienen que ver con el rol o el papel que desempeñan las personas en su trabajo. “No delimitar las funciones es negativo ya que el ejercicio de poder resulta imprevisible y puede conllevar casos de acoso moral”, apunta Manuel Velázquez.
¿Pero dónde residen los riesgos psicosociales? Fundamentalmente en tres elementos: cómo se ejerce el poder de dirección, cómo se establecen las relaciones interpersonales y cómo se programa el tiempo en el trabajo. “Son las situaciones que más inciden en el acoso moral”.
Aunque no existen datos oficiales, informes de la Unión Europea señalan que el 28% de las bajas laborales son a causa de estrés y violencia psicológica. Son la segunda causa de baja, por debajo de los trastornos musculoesqueléticos.
Como en muchas áreas, la clave fundamental está en la prevención. Desde el departamento de Manuel Velázquez se trabaja en este camino analizando los factores de riesgo que desencadenan acoso moral en el trabajo. “En cada caso varían, ya que depende de la cultura y la organización de cada empresa”. Según señala el experto, evaluar estos elementos resulta complicado porque en ocasiones no hay un nivel de participación adecuado. “Es fundamental concienciar a la gente, que sepan identificar estos casos y que los denuncien”.
Situación de las empresas en Vizcaya
Desde la Inspección de Trabajo y SS de Bizkaia se llevan a cabo diversas campañas en las empresas para el correcto cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales respecto a los riesgos psicosociales. Se está trabajando por sectores: sanidad privada, educación privada, seguridad… y este año se va a actuar sobre empresas hoteleras. “En el ámbito de la seguridad privada existen numerosos riesgos de estrés y violencia psicológica, tanto por las propias tensiones del trabajo como por los horarios laborales”, explica Manuel Velázquez. También se han detectado estos riesgos en profesiones como policías, médicos, enfermeras o profesores, sometidos en muchas ocasiones a situaciones de estrés emocional intenso.
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Jornadas de Acoso Moral del Colegio de Abogados de Bizkaia.
- “Países como Francia y Bélgica ya han reflejado esta conducta dentro de su código penal logrando en la práctica la despenalización del delito” apunta Juan Ignacio Marcos, coordinador del Observatorio Vasco sobre Acoso Moral en el Trabajo
- Un 3,5% de la población trabajadora en España sufre mobbing en su trabajo. En Vizcaya el año pasado se registraron cerca de 130 casos, “aunque en la realidad este dato es superior”
- El ejercicio del poder de dirección, las relaciones interpersonales y cómo se programa el tiempo en el trabajo son las principales causas de violencia psicológica en el trabajo
- “Tan negativo puede ser un jefe autoritario como otro que no ejerce autoridad. Hay muchos casos de este tipo en instituciones públicas”, apunta Manuel Velázquez, inspector jefe de la Inspección de Trabajo y SS de Bizkaia
Bilbao, marzo de 2010.- Por primera vez, el Código Penal incluirá dos artículos referentes al acoso moral en el trabajo y al acoso inmobiliario. Este proyecto, que se encuentra en tramitación parlamentaria en estos momentos, será aprobado presumiblemente en julio y puesto en vigor en octubre de este mismo año. Una novedad que se dará a conocer en las Jornadas “Puntos Críticos en la tutela frente al Acoso Moral” que se celebran los días 4 y 5 de marzo de la mano del Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia.
“Se trata de una iniciativa —haciendo referencia a los artículos— con consecuencias difíciles de calcular ya que de su redacción dependerá su efecto punitivo. Países como Francia y Bélgica ya han reflejado esta conducta dentro de su Código Penal, logrando en la práctica la despenalización del delito”, apunta Juan Ignacio Marcos González, coordinador del Observatorio Vasco sobre Acoso Moral en el Trabajo, que participará en la primera sesión con una charla titulada “Panorama actual del acoso Moral en el trabajo”.
El principal problema actual es que no existe una definición legal del mobbing. Hasta el momento, la pauta habitual ha sido la aplicación de diferentes artículos del vigente código penal —como es el caso del Art. 173.1: delito contra la integridad moral— a través de los cuales se ha desarrollado una jurisprudencia adaptada a los diferentes tipos de mobbing que se pueden suceder. “Nuestro temor es que una sola definición no pueda abarcar las diferentes especificaciones que se pueden dar en una situación de acoso moral en el trabajo”, señala Marcos.
Los datos oficiales apuntan que un 3,5% de la población trabajadora de España sufre mobbing en su trabajo, aunque “la realidad dice que este dato es muy superior, sobre todo si le sumamos situaciones parejas como el estrés o el síndrome del quemado”. De ellos, ni el 1% llega a denunciar la situación. En Vizcaya el año pasado se registraron cerca de 130 casos denunciados ante la Inspección de Bizkaia. Un problema en el que todavía existe un alto grado de desconocimiento y poca empatía hacia sus víctimas. “El abuso social que se ha hecho de este tipo de situaciones ha conllevado su desprestigio. Ahora, cuando un trabajador habla de mobbing se le mira mal y se le incita a aguantar”.
Fue en el año 2002 cuando el Gobierno Vasco habló por primera vez de prevención del mobbing, pero lo cierto es que desde 1995 quedó recogido de forma indirecta dentro de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. “A pesar de que es obligatorio, muchas empresas no realizan evaluaciones de riesgos psicosociales. No existe conciencia. Las empresas miran para otro lado cuando hablamos de acoso moral en el trabajo”.
El último avance en esta materia ha sido la obtención de una sentencia, recurrida ante el Tribunal Supremo, en la que se le obliga a la publicación y publicidad de la resolución judicial. Esto supone que la empresa deberá colgar en su tablón de anuncios la sentencia con el fin de restablecer el honor de la víctima. El siguiente paso está encauzado a conseguir la condena de los servicios de prevención cuando se dé un caso de este tipo.
Qué situaciones causan violencia psicológica
¿Es realmente posible la prevención del acoso moral? Bajo esta idea el experto Manuel Velázquez Fernández, inspector jefe de la Inspección de Trabajo y SS de Bizkaia, ha analizado las técnicas que actualmente se ponen en práctica a fin de prevenir la violencia psicológica en el trabajo y los riesgos psicosociales que conlleva.
Durante su intervención en las Jornadas “Puntos críticos en la tutela frente al acoso moral” que organiza estos días el Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia, Velázquez ha señalado que la clave para evitar estas situaciones reside en la propia organización del trabajo y la cultura empresarial de las organizaciones.
“Los principales factores que dan lugar a situaciones de violencia psicológica en las empresas tienen que ver con el mando y la dirección. Tan negativo es un jefe autoritario como otro que deja hacer”. En este último caso, si quien tiene el mando no lo ejerce, el efecto es que surgen conflictos en la empresa. “Hay muchos casos de este tipo en instituciones públicas”.
También desencadenan situaciones de acoso y estrés laboral los aspectos que tienen que ver con el rol o el papel que desempeñan las personas en su trabajo. “No delimitar las funciones es negativo ya que el ejercicio de poder resulta imprevisible y puede conllevar casos de acoso moral”, apunta Manuel Velázquez.
¿Pero dónde residen los riesgos psicosociales? Fundamentalmente en tres elementos: cómo se ejerce el poder de dirección, cómo se establecen las relaciones interpersonales y cómo se programa el tiempo en el trabajo. “Son las situaciones que más inciden en el acoso moral”.
Aunque no existen datos oficiales, informes de la Unión Europea señalan que el 28% de las bajas laborales son a causa de estrés y violencia psicológica. Son la segunda causa de baja, por debajo de los trastornos musculoesqueléticos.
Como en muchas áreas, la clave fundamental está en la prevención. Desde el departamento de Manuel Velázquez se trabaja en este camino analizando los factores de riesgo que desencadenan acoso moral en el trabajo. “En cada caso varían, ya que depende de la cultura y la organización de cada empresa”. Según señala el experto, evaluar estos elementos resulta complicado porque en ocasiones no hay un nivel de participación adecuado. “Es fundamental concienciar a la gente, que sepan identificar estos casos y que los denuncien”.
Situación de las empresas en Vizcaya
Desde la Inspección de Trabajo y SS de Bizkaia se llevan a cabo diversas campañas en las empresas para el correcto cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales respecto a los riesgos psicosociales. Se está trabajando por sectores: sanidad privada, educación privada, seguridad… y este año se va a actuar sobre empresas hoteleras. “En el ámbito de la seguridad privada existen numerosos riesgos de estrés y violencia psicológica, tanto por las propias tensiones del trabajo como por los horarios laborales”, explica Manuel Velázquez. También se han detectado estos riesgos en profesiones como policías, médicos, enfermeras o profesores, sometidos en muchas ocasiones a situaciones de estrés emocional intenso.
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