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    Mensaje por gsus Dom 11 Abr 2010 - 22:18

    Adictos al lujo Q75084861845_9983

    La reforma del Código Penal que tramita el Congreso de los Diputados prevé incrementar las penas por cohecho, pero sigue sin regularla entrega de regalos a los funcionarios públicos.

    F. VARELA / C. MARTÍN - MADRID - 11/04/2010 08:00

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    Hasta la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, una de las personas que recibieron obsequios de la trama Gürtel (el suyo fue un bolso de Louis Vuitton que costó a los corruptos 815 euros) es partidaria de la prohibición de los regalos a los funcionarios públicos. En pleno escándalo, recurrió a las lagunas del Código Penal para defender a Camps y pidió a los críticos con el president que se leyeran el artículo 426 del texto: Incluso "en el caso de que se aplicara no conlleva ni la inhabilitación", argumentó. Una situación, ante la que la regidora abogaba abiertamente por la reforma, con el fin de "poner en claro el Código Penal y aplicarlo con el mismo rasero para todos".

    Sin embargo, su deseo no parece que se vaya a cumplir del todo. La reforma que tramita actualmente en el Congreso está en fase de ponencia y, tras varias reuniones de los grupos parlamentarios en la Comisión de Justicia, ninguno de los acuerdos alcanzados va en esa dirección, aunque sí apuestan por el endurecimiento de las penas.

    La reforma que tramita el Congreso sube las penas pero no aclara el delito

    Entre las propuestas que se han quedado por el camino figura la enmienda presentada por la diputada de UPyD, Rosa Díez, para resolver la "laguna legal" sobre los regalos que pudiesen recibir los dirigentes de los partidos políticos, que no pueden ser acusados de cohecho por no ser funcionarios públicos.

    UPyD defendía una redacción del Código Penal que recogiese que los dirigentes que recibieran una dádiva en beneficio propio o de terceros y de "cualquier naturaleza no justificados, ofrecidos en consideración de su cargo, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a un año e inhabilitación absoluta de uno a tres años".

    Pese a todo, el portavoz de Justicia del Grupo Parlamentario Socialista, Julio Villarrubia, afirma que la mayoría de los partidos están en sintonía para endurecer los delitos relacionados con la corrupción pública y privada.

    Es muy difícil probar que el regalo persigue una contraprestración

    La reforma presentada por el Gobierno ante la Cámara baja para reformar el Código Penal introduce una nueva redacción para el delito de cohecho relacionado con autoridades o funcionarios públicos que incluye "pena de prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo y cargo público de uno a tres años", mientras que el actual sólo recoge penas de multa.

    El PNV, que ha retirado sus enmiendas, y el grupo ERC-IU-ICV pretendían endurecer más las penas: prisión de uno a cuatro años; multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial de 7 a 12 años. En principio, las negociaciones proseguirán en las próximas semanas.

    El Código Penal español no regula los regalos que pueden o no pueden recibir los funcionarios públicos y se limita a tipificarlos como delito exclusivamente si se ofrecen o se solicitan a cambio de algo. Lo importante, en cualquier caso, no es la cuantía de la dádiva, sino el hecho de que se entregue para que el funcionario público cometa un delito.

    Camps fue acusado de aceptar los trajes en consideción a su cargo

    Dificultades

    El problema, sin embargo, es que aunque resulta sencillo establecer la existencia del regalo, muy a menudo es difícil probar su relación con una decisión concreta. El único resquicio que deja la legislación española para perseguir estas prácticas lo ofrece la noción de "cohecho pasivo impropio", previsto y penado por el artículo 426, primer inciso, del Código Penal. Ese parágrafo tipifica como tal "la conducta de la autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función".

    Este es, precisamente, el argumento que intentó utilizar el juez valenciano José Flors para imputar al president de la Generalitat, Francisco Camps , por los trajes que le regaló Orange Market, filial valenciana de la trama Gürtel.

    De la Rúa salvó al president porque negó que hubiese beneficiado a Gürtel

    Según aseguró Flors en el auto que afirmaba haber hallado indicios contra el president, "no existe ninguna razón" diferente de la condición personal y de su función pública que permita explicar porqué Álvaro Pérez el Bigotes o cualquiera de sus sociedades tuviera que obsequiar a Camps con trajes, un regalo que "no puede equipararse a los que marcan las reglas de cortesía que los usos sociales aceptan como inocuos y admisibles".

    La ventaja del cohecho pasivo impropio radica en que no es necesario probar que el funcionario público ha favorecido al autor del regalo: basta con que haya aceptado cualquier dádiva ofrecida "en consideración a su función".

    Claro que el Tribunal Superior De Justicia de la Comunidad Valenciana entendió todo lo contrario que Flors. Aunque admitió los indicios que apuntan a que Orange Market pagó los trajes de Camps, obvió la posible existencia de "cohecho pasivo impropio" y archivo el caso basándose exclusivamente en la inexistencia de "cohecho pasivo propio" porque, en opinión de la mayoría de los jueces que forman su Sala de lo Civil y de lo Penal (incluido Juan Luis de la Rúa, el amigo del propio president) los regalos de la trama Gürtel no perseguían ningún fin concreto, pese a que sus empresas se beneficiaban de contratos de la Generalitat valenciana.

    Ningún partido ha propuesto la prohibición total de los obsequios

    El asunto está aun pendiente de recurso en el Tribunal Supremo, pero a la vista de lo ocurrido, es una opinión extendida entre los penalistas españoles que la reforma del Código Penal, actualmente en trámite en el Congreso, no va a corregir esta situación.

    Impunidad

    Las voces de los partidarios de una prohibición total, único modo de eliminar cualquier duda, son cada vez más numerosas, porque la dificultad de probar el cohecho consagra una cierta impunidad de los funcionarios públicos que utilizan la administración al servicio de sus intereses personales.

    En muchos países, el control público ha entrado de lleno en el intercambio de regalos. En EEUU, por ejemplo, ningún obsequio a un cargo público puede costar más de 20 dólares. En diversos estados del norte de Europa se contemplan límites parecidos. En la UE los miembros de la Comisión tienen vetado expresamente aceptar nada cuyo coste supere los 150 euros. Si Camps formase parte del Gobierno de la UE no habría dudas: los trajes habrían enterrado su carrera política.

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