El juicio seguido ayer en el Juzgado de Instrucción número 2 de Badajoz por la supuesta agresión de un vigilante del centro de menores Marcelo Nessi a un interno de 19 años, Ceferino Vázquez, ocurrida el 28 de julio del 2009, quedó visto para sentencia, tras declarar ambos en vista pública y elevar las partes sus conclusiones provisionales a definitivas, con una novedad destacable, que la fiscalía no acusó, papel que asumió el abogado de la acusación particular, Jesús Garzón.
En esta ocasión, el fiscal, Miguel Martín, coincidió con el letrado de la defensa, Manuel Villalón, al pedir la absolución del inculpado por entender que no hubo agresión en la bofetada que dio el vigilante al joven, mientras que la acusación solicitó una pena de 30 días de multa y una orden de alejamiento a estipular por el juez, por considerar los hechos constitutivos de una falta de lesiones con la agravante de abuso de superioridad.
Hay que señalar que todas las partes, tras ver el vídeo completo de los hechos ocurridos en la habitación del centro de menores donde se llevó a cabo la reducción del interno --parte del cual fue mostrado por los medios de comunicación a través de internet-- coincidieron en señalar que no se trata de una paliza, sino que de los golpes que se ven en las imágenes grabadas por la cámara de seguridad, cuatro en total, solo uno fue en una pierna del joven; los otros fueron al aire y a la pared.
Fiscalía, acusación y defensa consideraron que la reducción se hizo por necesidad, con proporcionalidad y fue reglamentaria, dado el estado de excitación del interno, sus amenazas e insultos, que él mismo reconoció que estaba "renegao" y "como loco", pero la acusación discrepó de la defensa y del fiscal en cuanto a la bofetada que el vigilante dio al menor cuando ya estaba reducido.
El acusado dijo que le dio la bofetada --una hostia según el denunciante-- para calmarle, mientras que el joven declaró que ante sus insultos, el vigilante le decía que iba a cobrar, y que en la habitación también le insultó y amenazó a él. Ceferino Vázquez dijo que recibió ocho golpes, "cuatro de un lado y cuatro de otro", que no se ven en el vídeo. Tras ellos declararon otros dos vigilantes que participaron en la reducción, coincidentes con el acusado.
También declaró un perito médico que había el visto el vídeo en varias ocasiones, quien consideró que hay muchas alternativas desde el punto de vista médico, que cabía avisar a un médico y poner un tratamiento incluso con medicación, dado el estado de ansiedad del joven, pero señaló también que la torta puede estar adecuada a las circunstancias, "visto desde fuera es una crisis histérica y para alguien no médico, lo primero es dar un guantazo".
De ahí que la defensa considerara la torta "terapéutica" y el fiscal justificada por responder "a criterios de necesidad y proporcionalidad", y no al ánimo de humillación ni degradación.
Cabe recordar que la causa se juzgó como falta y no como delito, porque así lo entendió el juez instructor con el beneplácito de la fiscalía, en primera instancia, y posteriormente la Audiencia, al fallar en contra del recurso presentado por el abogado del joven, por entender que debía juzgarse como delito, de forma que devolvió el caso al juzgado de instrucción para que resolviera.
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