A TODOS LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA ESABE VIGILANCIA S.A.(Sevilla)
Desde la Sección Sindical de CC.OO. en la empresa ESABE VIGILANCIA S.A. (Sevilla) queremos informaros:
El pasado 23 de mayo del 2011, gracias a la demanda que interpusimos desde la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía,
el magistrado titular del Juzgado de lo social Nº 3 de Sevilla, dicto sentencia Nº 262/2011 en contra de la empresa ESABE VIGILANCIA S.A.
y a favor de los trabajadores de la misma, obligando a esta empresa a ajustarse a derecho y a pagarnos a sus trabajadores dentro del plazo
estipulado en el Convenio Estatal de Empresas de Seguridad. Esto es del 1 al 5 de cada mes.
En reunión mantenida con la Asesoría Jurídica de CC.OO. y la sección sindical de CC.OO en ESABE VIGILANCIA S.A. (Sevilla), se nos informa referente a esta sentencia;
Esta sentencia para que pueda ser ejecutada y que cada trabajador se pueda beneficiar de la misma, individualmente deberéis solicitárselo a vuestro abogado,
aportándole la copia de la sentencia y un justificante de que cobráis fuera del plazo (un extracto bancario) con eso es suficiente.
Esta cita con el abogado, si procede, la podéis aprovechar también para poner la demanda de cantidad referente a los impagos de conceptos en la nómina
o de los pagos de intereses al banco por que la empresa no ha hecho el ingreso dentro de la fecha. En cualquier caso, si queréis, nosotros os lo gestionamos.
La herramienta ya la tenéis a vuestra disposición, ahora está en vosotros el si queréis utilizarla. Por otra parte, viendo las fechas para cuando están dando los juicios,
cuanto antes pongáis la demanda antes lo percibiréis.
Sin más y esperando haberos servido de ayuda, os mando un grato saludo.
Sevilla a 25 de Octubre del año 2011
Desde la Sección Sindical de CC.OO. en la empresa ESABE VIGILANCIA S.A. (Sevilla) queremos informaros:
El pasado 23 de mayo del 2011, gracias a la demanda que interpusimos desde la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía,
el magistrado titular del Juzgado de lo social Nº 3 de Sevilla, dicto sentencia Nº 262/2011 en contra de la empresa ESABE VIGILANCIA S.A.
y a favor de los trabajadores de la misma, obligando a esta empresa a ajustarse a derecho y a pagarnos a sus trabajadores dentro del plazo
estipulado en el Convenio Estatal de Empresas de Seguridad. Esto es del 1 al 5 de cada mes.
En reunión mantenida con la Asesoría Jurídica de CC.OO. y la sección sindical de CC.OO en ESABE VIGILANCIA S.A. (Sevilla), se nos informa referente a esta sentencia;
Esta sentencia para que pueda ser ejecutada y que cada trabajador se pueda beneficiar de la misma, individualmente deberéis solicitárselo a vuestro abogado,
aportándole la copia de la sentencia y un justificante de que cobráis fuera del plazo (un extracto bancario) con eso es suficiente.
Esta cita con el abogado, si procede, la podéis aprovechar también para poner la demanda de cantidad referente a los impagos de conceptos en la nómina
o de los pagos de intereses al banco por que la empresa no ha hecho el ingreso dentro de la fecha. En cualquier caso, si queréis, nosotros os lo gestionamos.
La herramienta ya la tenéis a vuestra disposición, ahora está en vosotros el si queréis utilizarla. Por otra parte, viendo las fechas para cuando están dando los juicios,
cuanto antes pongáis la demanda antes lo percibiréis.
Sin más y esperando haberos servido de ayuda, os mando un grato saludo.
Sevilla a 25 de Octubre del año 2011
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