Suprema rechaza incidente en caso Prosegur II
Sucre, 31 Oct. (ANF).- La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por Tomás Luciano Velasco Zeballos, sentenciado a dos años de prisión, en el caso denominado Prosegur II.
Consultado sobre el tema, el fiscal de Recursos, Milton Mendoza Miranda, que fue parte del Ministerio Público en este caso, respondió que lo único que ahora falta es que la misma sala penal dé por ejecutoriada la sentencia.
El fallo de primera instancia, del 17 de diciembre de 2004, condena a Wálter Osinaga Zambrana y a Óscar Willy Jaén Antezana a cuatro años de prisión, y a Tomás Luciano Velasco Zeballos a dos años. En breve se cumplirán cuatro años de esta condena y aún la misma no tiene calidad de sentencia ejecutoriada.
“La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la concurrencia del señor ministro José Luis Baptista Morales, presidente de la Sala Penal Segunda, convocado a conformar sala, y de acuerdo al requerimiento fiscal, rechaza la solicitud formulada por Tomás Luciano Velasco Zeballos”, sostiene el primer párrafo del Auto Supremo 344.
En la segunda parte de la resolución, los ministros José Luis Baptista Morales y Ángel Irusta Pérez, decidieron multar a Velasco Zeballos con 50 bolivianos.
“Desde hace cuatro años se han multiplicado los recursos de los imputados, obstaculizando la aplicación de la ley, sin embargo, este nuevo Auto Supremo es el paso final para que se ejecute la sentencia”, aseguró Mendoza.
En el juicio oral, público, continuo y contradictorio, caratulado como Prosegur II, jueces técnicos y ciudadanos condenaron a las ex autoridades policiales por uso indebido de influencias, incumplimiento de deberes, encubrimiento, omisión de denuncia, apología pública del delito y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, relacionados al robo a uno de los motorizados de la compañía Prosegur, en el que murieron tres personas.
Durante las audiencias, el Ministerio Público probó que el ex Comandante General de la Policía, el ex subcomandante y jefe de Estado Mayor, y el ex jefe Nacional de Inteligencia, conocieron información previa al atraco a la empresa de transporte de valores y no actuaron para detener los ilícitos.
Sucre, 31 Oct. (ANF).- La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por Tomás Luciano Velasco Zeballos, sentenciado a dos años de prisión, en el caso denominado Prosegur II.
Consultado sobre el tema, el fiscal de Recursos, Milton Mendoza Miranda, que fue parte del Ministerio Público en este caso, respondió que lo único que ahora falta es que la misma sala penal dé por ejecutoriada la sentencia.
El fallo de primera instancia, del 17 de diciembre de 2004, condena a Wálter Osinaga Zambrana y a Óscar Willy Jaén Antezana a cuatro años de prisión, y a Tomás Luciano Velasco Zeballos a dos años. En breve se cumplirán cuatro años de esta condena y aún la misma no tiene calidad de sentencia ejecutoriada.
“La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la concurrencia del señor ministro José Luis Baptista Morales, presidente de la Sala Penal Segunda, convocado a conformar sala, y de acuerdo al requerimiento fiscal, rechaza la solicitud formulada por Tomás Luciano Velasco Zeballos”, sostiene el primer párrafo del Auto Supremo 344.
En la segunda parte de la resolución, los ministros José Luis Baptista Morales y Ángel Irusta Pérez, decidieron multar a Velasco Zeballos con 50 bolivianos.
“Desde hace cuatro años se han multiplicado los recursos de los imputados, obstaculizando la aplicación de la ley, sin embargo, este nuevo Auto Supremo es el paso final para que se ejecute la sentencia”, aseguró Mendoza.
En el juicio oral, público, continuo y contradictorio, caratulado como Prosegur II, jueces técnicos y ciudadanos condenaron a las ex autoridades policiales por uso indebido de influencias, incumplimiento de deberes, encubrimiento, omisión de denuncia, apología pública del delito y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, relacionados al robo a uno de los motorizados de la compañía Prosegur, en el que murieron tres personas.
Durante las audiencias, el Ministerio Público probó que el ex Comandante General de la Policía, el ex subcomandante y jefe de Estado Mayor, y el ex jefe Nacional de Inteligencia, conocieron información previa al atraco a la empresa de transporte de valores y no actuaron para detener los ilícitos.
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