Vigilantes de Seguridad

¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Vigilantes de Seguridad

Foro, Vigilantes, Escoltas, Guardas particulares, Convenio, Estatuto de los Trabajadores, Sindicatos, Empresas, Sentencias, Noticias...

Conectarse

Recuperar mi contraseña

Visitantes



- - - - DESDE - - - -
20 / MARZO / 2.OO9

Noviembre 2024

LunMarMiérJueVieSábDom
    123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930 

Calendario Calendario

Últimos temas

» La Justicia da la razón a un vigilante expedientado en Málaga por suministrar mascarillas donadas a sus compañeros en el confinamiento
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyVie 24 Mar 2023 - 17:25 por alma14

» Felices fiestas
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptySáb 25 Dic 2021 - 7:00 por alma14

» Excedencia y posterior pedida de la habilitación
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptySáb 25 Dic 2021 - 6:57 por alma14

» BAJA
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyVie 15 Oct 2021 - 17:51 por Invitado

» Limpieza total
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyMar 11 Ago 2020 - 17:45 por cliper91

» Juicio y vacaciones
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyLun 10 Ago 2020 - 23:53 por alma14

» Necesito ayuda sobre el tema de requisitos de Escolta Privado
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyLun 11 Mayo 2020 - 12:45 por escolta63

» que es un impacto negativo
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyLun 11 Mayo 2020 - 12:43 por escolta63

» pregunta temario escolta
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyLun 11 Mayo 2020 - 12:39 por escolta63

» Artículo de Alba
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyLun 11 Mayo 2020 - 8:52 por alma14

» El TSJC rechaza el despido de dos gerocultoras por negarse a preparar medicación
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyMar 25 Feb 2020 - 14:21 por alma14

» Comparativa Sueldos Vigilantes USA vs Alemania vs Francia vs España Por Toni -
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyLun 24 Feb 2020 - 11:10 por alma14

» La empresa no puede exigir recuperar los días de asuntos propios
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyLun 2 Dic 2019 - 17:05 por alma14

» El despido durante la baja médica ya es despido nulo
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyLun 2 Dic 2019 - 16:49 por alma14

» Permiso retribuido en elecciones generales
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyDom 3 Nov 2019 - 10:06 por alma14

» Venta de Corsys de Seguridad
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyJue 12 Sep 2019 - 13:56 por popazo09

» Vigilantes barcelona
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyMiér 10 Jul 2019 - 15:34 por Iliess

» Infarto como accidente de trabajo
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyMar 9 Jul 2019 - 19:54 por alma14

» convenio 2021
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyMar 9 Jul 2019 - 19:46 por errnovato

» Tiempo TIP
Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 EmptyMar 9 Jul 2019 - 19:19 por alma14


    Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275

    A36
    A36
    Colaborador
    Colaborador


    Cantidad de envíos : 4628
    Empleo /Ocios : ¡Cuidado! Topo Aproser mal retribuido. ¿Dónde está mí sindicato?
    - K A R M A - :
    Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 Left_bar_bleue100 / 100100 / 100Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 Right_bar_bleue

    Fecha de inscripción : 06/05/2008

    Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275 Empty Cuestiones de ilegalidad/boe nº 275

    Mensaje por A36 Sáb 15 Nov 2008 - 3:14

    Cuestiones de ilegalidad.— Providencia de 24 de octubre de 2008, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala Contencioso Administrativo, Sección Primera, sobre el artículo 149.5 del Reglamento de Seguridad Privada, en la redacción dada por el Real Decreto 1123/2001, en cuanto incluye como infracción grave de las empresas de seguridad la utilización en el ejercicio de funciones de seguridad de personas que no superen los correspondientes cursos de actualización y especialización.


    Disposiciones generales

    TRIBUNAL SUPREMO

    PROVIDENCIA de 24 de octubre de 2008, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala Contencioso Administrativo, Sección Primera, sobre el artículo 149.5 de Reglamento de Seguridad Privada, en la redacción dada por el Real Decreto 1123/2001, en cuanto incluye como infracción grave de las empresas de seguridad la utilización en el ejercicio de funciones de seguridad de personas que no superen los correspondientes cursos de actualización y especialización.

    En la cuestión de ilegalidad n.º 6/07, planteada por el ]Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala Contencioso Administrativo, Sección Primera, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 24 de octubre de 2008, del siguiente tenor:

    PROVIDENCIA

    Madrid, a veinticuatro de octubre de dos mil ocho.

    Dada cuenta; se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sobre el artículo 149.5 del Reglamento de Seguridad Privada, en la redacción dada por el R. D. 1123/2001, en cuanto incluye como infracción grave de las empresas de seguridad la utilización en el ejercicio de funciones de seguridad de personas que no superen los correspondientes cursos de actualización y especialización.

    Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el Boletín Oficial del Estado en cumplimiento de lo que disponen el artículo 124.2 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y remítanse las actuaciones a la Sección Quinta conforme a las reglas de reparto de asuntos.

    Lo acuerda la Sala y firma el Excmo. Sr. Magistrado Ponente;
    Certifico.
    Presidente: Excmo. Sr. D. Ramón Trillo Torres;
    Magistrados: Excmo. Sr. D. Ricardo Enríquez Sancho y Excmo. Sr. D. José Manuel Sieira Míguez, Magistrados.

      Fecha y hora actual: Jue 21 Nov 2024 - 15:57