El Constitucional tumba la ley de Sarkozy contra el pirateo en internet
El Consejo Constitucional ha dictaminado que el acceso a internet es "un componente de la libertad de expresión" - un derecho fundamental-,por lo que sólo un juez, y no una autoridad administrativa, puede decidir cortar la conexión a internet a un usuario como penalización por pirateo.
11-06-2009 - Nicolas Sarkozy no levanta cabeza. El controvertido proyecto de ley para combatir el pirateo de productos culturales en internet, apadrinado por el presidente francés y aprobado finalmente por el Parlamento el pasado 13 de mayo después de una larga y azarosa tramitación parlamentaria, recibió ayer un nuevo y severo golpe del Consejo Constitucional. Un golpe definitivo, pues tumba un aspecto fundamental de la ley, que queda desarbolada.
El Consejo Constitucional ha dictaminado que el acceso a internet es "un componente de la libertad de expresión" - un derecho fundamental-,por lo que sólo un juez, y no una autoridad administrativa, puede decidir cortar la conexión a internet a un usuario como penalización por pirateo. Es exactamente lo mismo que aprobó el pasado mes de mayo el Parlamento Europeo. El Constitucional considera, además, que no puede presuponerse la culpabilidad del titular del abono a internet, pues ello vulneraría la presunción de inocencia.
Con tales condiciones, la ley queda desarmada. La principal novedad de la nueva norma consiste precisamente en la creación de un nuevo órgano administrativo - la Alta Autoridad para la difusión de obras y la protección de derechos en internet (Hadopi)-con capacidad para perseguir y sancionar a los internautas que piratean música y películas. La ley establece la llamada "respuesta gradual", consistente en que toda aquella persona sorprendida realizando descargas ilegales recibirá dos avisos antes de ser castigada con la desconexión de internet durante un mínimo de dos meses y un máximo de un año, periodo durante el cual deberá además seguir pagando su abono.
Una vez adaptada la ley al dictamen del Consejo Constitucional, la potestad de sancionar dependerá de un juez y siempre que se demuestre que el titular del abono es el autor del pirateo. La Hadopi sólo podrá advertir.
LLUÍS URÍA
La Vanguardia
El Consejo Constitucional ha dictaminado que el acceso a internet es "un componente de la libertad de expresión" - un derecho fundamental-,por lo que sólo un juez, y no una autoridad administrativa, puede decidir cortar la conexión a internet a un usuario como penalización por pirateo.
11-06-2009 - Nicolas Sarkozy no levanta cabeza. El controvertido proyecto de ley para combatir el pirateo de productos culturales en internet, apadrinado por el presidente francés y aprobado finalmente por el Parlamento el pasado 13 de mayo después de una larga y azarosa tramitación parlamentaria, recibió ayer un nuevo y severo golpe del Consejo Constitucional. Un golpe definitivo, pues tumba un aspecto fundamental de la ley, que queda desarbolada.
El Consejo Constitucional ha dictaminado que el acceso a internet es "un componente de la libertad de expresión" - un derecho fundamental-,por lo que sólo un juez, y no una autoridad administrativa, puede decidir cortar la conexión a internet a un usuario como penalización por pirateo. Es exactamente lo mismo que aprobó el pasado mes de mayo el Parlamento Europeo. El Constitucional considera, además, que no puede presuponerse la culpabilidad del titular del abono a internet, pues ello vulneraría la presunción de inocencia.
Con tales condiciones, la ley queda desarmada. La principal novedad de la nueva norma consiste precisamente en la creación de un nuevo órgano administrativo - la Alta Autoridad para la difusión de obras y la protección de derechos en internet (Hadopi)-con capacidad para perseguir y sancionar a los internautas que piratean música y películas. La ley establece la llamada "respuesta gradual", consistente en que toda aquella persona sorprendida realizando descargas ilegales recibirá dos avisos antes de ser castigada con la desconexión de internet durante un mínimo de dos meses y un máximo de un año, periodo durante el cual deberá además seguir pagando su abono.
Una vez adaptada la ley al dictamen del Consejo Constitucional, la potestad de sancionar dependerá de un juez y siempre que se demuestre que el titular del abono es el autor del pirateo. La Hadopi sólo podrá advertir.
LLUÍS URÍA
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