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    Mensaje por alma14 Sáb 15 Ago 2009 - 19:27

    Por incumplimiento de las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y del Tribunal Supremo, al negarse a readmitir a Morala
    Naval Gijón y PYMAR, empresa pública regida por el Gobierno PSOE-IU, en el banquillo del juzgado de lo Social de Gijón

    Miguel Ángel Llana
    Rebelión


    El miércoles día 12 de agosto a las 12:00 horas, en el juzgado de lo Social nº 3, se celebra el Juicio contra Naval Gijón y contra PYMAR (Pequeños y Medianos Astilleros en Reconversión) promovido por Juan Manuel Martínez Morala para reclamar la readmisión al astillero.

    Naval Gijón y la empresa pública PYMAR, incumplieron la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y la del Tribunal Supremo al negarse a readmitir a Morala, ex Secretario de la Corriente Sindical de Izquierda, CSI, cuyo despido fue considerado ilegal por los dos tribunales.

    El despido se produjo cuando se tramitaba, en el año 2005, un expediente de regulación forzosa de prejubilaciones en el astillero. En este proceso de negociación participaba Morala como miembro del Comité de Empresa, y perteneciente a la CSI, lo que no impidió que fuera incluido en el expediente de la prejubilación. Ambos tribunales declararon ilegal el despido y condenaron al astillero y a PYMAR -responsable institucional del astillero- a readmitir al trabajador.

    Ante la negativa a la readmisión, Morala recurrió al tribunal de lo Social nº 3 de Gijón para solicitar, exigir, el cumplimiento de la sentencia dictada por estos dos tribunales y por considerar que esta negativa constituye, de hecho, un despido nulo.

    Cuatro graves irregularidades se han cometido en todo este proceso:

    1. Las prejubilaciones no pueden ser forzosas, por esta razón podrían asimilarse a un despido.

    2. Flagrante violación de los derechos sindicales al despedir a un miembro del Comité de Empresa que precisamente está negociando el expediente de prejubilaciones forzosas. Este hecho es un despido ilegal, más que un despido nulo.

    3. La regulación de las prejubilaciones se establecían por riguroso orden de edad, pero en cambio, Morala, lejos de entrar por edad en este grupo, fue incluido, sin que llegara a la edad fijada para el resto de los afectados por la prejubilación.

    4. El no cumplimento de las sentencias de ambos tribunales, constituye un nuevo despido, nulo en este caso.

    Sorprende que una empresa tutelada por la la Administración, como es el caso de PYMAR, que es una empresa pública, y la propia Administración puedan eludir y demorar las sentencias de los dos más altos tribunales de justicia. Pero sí parece que ello es posible y esto es lo más grave, independientemente de cualquier otra valoración.

    Mal ejemplo están dando a los trabajadores en general y a los ciudadanos y poco respeto les merecen al Gobierno y a las autoridades sus propias instituciones judiciales.

    Queda ahora por ver y conocer qué sucederá en el juicio y después del juicio. Porque cuatro años, parecen muchos años, para resolver y hacer efectivo lo que a todas luces fue entonces un despido ilegal y, ahora, de hecho, es un despido nulo.

    Nota.

    Morala, lo mismo que Cándido, condenados a tres años de cárcel están en libertad condicional a la espera del indulto solicitado por numerosas personas.

    La condena exige que los tres años se cumplan íntegramente ya que estos conflictos laborales fueron asociados al terrorismo, según las nuevas directrices del Código Penal. Así se entendió en el juicio a raíz de la denuncia presentada por el ayuntamiento de Gijón por la que fueron acusados y por los que resultaron condenados.

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    Naval Gijón y PYMAR, empresa pública regida por el Gobierno PSOE-IU, en el banquillo del juzgado de lo Social de Gijón Empty Burla Sentencia del Tribunal Supremo sobre los derechos fundamentales, con la venia de las autoridades políticas, policiales y gubernamentales (sin que cause alarma social)

    Mensaje por alma14 Sáb 15 Ago 2009 - 19:39

    30/4/2009
    Impunidad de Naval Gijón, una vez más x Miguel Ángel Llana
    Burla Sentencia del Tribunal Supremo sobre los derechos fundamentales, con la venia de las autoridades políticas, policiales y gubernamentales (sin que cause alarma social)

    Después de cuatro años y medio de juicios, el Tribunal Supremo, TS, resuelve a favor de un trabajador, Martínez Morala, que fue despedido (prejubilación forzosa) cuando era representante sindical de la CSI -precisamente por ello- por considerar que se vulneraba un derecho fundamental recogido en la Constitución Española.

    Naval Gijón pertenece a PYMAR (Pequeños y Medianos Astilleros en Reconversión) que es una entidad pública controlada por el Ministro de Industria, por parte del Gobierno Central y, por parte del Gobierno de Asturias, por el Consejero de Industria, Graciano Torre, como Delegado en PYMAR.

    El astillero, ahora, niega la readmisión del trabajador y es éste el que de nuevo tiene que volver, con sus propios recursos o los de su sindicato, CSI, a iniciar un nuevo proceso para hacer valer sus derechos y solicitar la ejecución de la Sentencia. ¿Cuanto tiempo más? Pero, ¿Es que hay alguna institución por encima del TS? La burocracia y el papeleo se convierte así, legalmente, en un obstáculo entre la justicia y el damnificado, todo un ejeplo.

    Algunas entidades, empresas y poderes pueden permitirse el lujo de burlar abiertamente las decisiones de los tribunales, incluyendo a esta Sentencia del Tribunal Supremo dándole largas después de más de cuatro años de pleitos.

    ¿Qué les queda a los trabajadores cuando ni tan siquiera una sentencia firme, inapelable, de este nivel es enviada directamente a la papelera? ¿Es que ha de ser el damnificado, precisamente, quien ha de revolver a toda la Administración para que la sentencia se cumpla, teniendo que solicitar su ejecución? ¿Para qué están eso que llaman, tan enfáticamente, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado? En estas circunstancias, quizás debiéramos convenir que el Estado y sus instituciones están al servicio y pertenecen una pequeña parte de la sociedad que dispone de todos los medios y recursos, pero para uso restringido de unos pocos y a su conveniencia.

    La burla de la Sentencia del TS y la pasividad, que hasta puede ser legal, de esos Cuerpos de Seguridad que actúan según qué circunstancias, mientras que en otras dan leña con una brutalidad desmesurada y con toda impunidad, manifiesta claramente el carácter represor del Estado y de sus institucions, en manos de los socialistas en este caso.

    Porque, sucede todo esto bajo un Gobierno regional y municipal formado por la coalición del PSOE e IU y con un Delegado del Gobierno, Trevín, que ha manifestado, hasta ahora, cómo y de qué manera se reprime cualquier movimiento social y, especialmente, a los movimientos laborales y sindicales, pero no a los afines a su autoridad derechista. En cambio, ante la vulneración flagrante de derechos sindicales recogidos en la Constitución permanece impasible en su despacho del antiguo Gobierno Civil.

    Nota de la Ejecutiva de la Sección Sindical de la Corriente Sindical de Izquierda, CSI, de Naval Gijón:

    La empresa NAVAL GIJÓN no acata la Sentencia del Tribunal Supremo y se niega a readmitir en su puesto de trabajo al sindicalista Martínez Morala.

    Si transcurridas 48 horas, el Astillero continúa sin acatar la Sentencia del Tribunal Supremo, el sindicato CSI emprenderá todas las acciones judiciales, penales y económicas que considerara oportuno por esta actitud de la empresa, que incumple una y otra vez todas las sentencias condenatorias por la tutela de los derechos fundamentales.

    Copia del escrito presentado ayer por Martínez Morala a la Dirección de Naval Gijón:

    A LA DIRECCIÓN DE NAVAL GIJON S.A.U

    D. Juan Manuel Martínez Morala, provisto DNI. 10.791.152-N, trabajador de NAVAL GIJÓN S.A.U, ante esta Dirección comparece y DICE:

    Tras el resultado de la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 18 de marzo de 2009, notificada a esta parte el 20 de abril de 2009, que ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, Sala de lo Contencioso, de fecha 7 de diciembre de 2006, por la que se declara nulo tanto el despido del que fui objeto en fecha 29 de diciembre de 2005 como el Expediente Regulación de Empleo 42/05 en lo que se refiere a mi inclusión en el mismo, SOLICITO la readmisión inmediata en mi puesto de trabajo.

    En base a lo anteriormente expuesto, en fecha 21 de abril de 2009 me personé en la Empresa a fin de reincorporarme, no encontrando otra respuesta por la Empresa más que la oposición a dicha reincorporación, por lo que si tras 48 horas de la recepción de este escrito no se procede a reincorporarme, iniciaré las acciones legales a que en derecho hubiera lugar.

    Gijón, a 28 de abril de 2009

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    Naval Gijón y PYMAR, empresa pública regida por el Gobierno PSOE-IU, en el banquillo del juzgado de lo Social de Gijón Empty La fiscal respalda que el despido de Morala fue "nulo"

    Mensaje por alma14 Sáb 15 Ago 2009 - 19:42

    cree "desorbitada" la indemnización
    La fiscal respalda que el despido de Morala fue "nulo"

    GIJÓN, 12 Ago. (EUROPA PRESS) -

    La Fiscalía respaldó este miércoles la demanda presentada por el representante de la Corriente Sindical de Izquierdas (CSI), Juan Manuel Martínez Morala, en contra de su despido en Naval Gijón al ser incluido en un ERE. La fiscal, durante el juicio celebrado en el Juzgado de lo Social 3 de Gijón, señala que Morala, como representante sindical, no debía haberse incluido en el ERE por lo que el despido es "nulo".

    Es más, señala que durante el plazo de dos años, desde diciembre de 2005 en que se supo su inclusión en el ERE a diciembre de 2007, cuando fue efectivo, Morala seguía siendo trabajador activo, pero no se pudo incorporar a la empresa porque la sentencia que así lo determinaba fue objeto de recurso de casación por parte de Naval Gijón en 2006. El fallo judicial fue firme este mismo año, tras la sentencia del Tribunal Supremo.

    Asimismo, insistió en que el despido fue "nulo" porque se vulneraron sus derechos fundamentales, al incumplir lo dictado en una sentencia. Además, rechazó las alegaciones de "caducidad" a la hora de cumplir la sentencia esgrimidas por el abogado de Naval Gijón, así como de exclusión de Pymar en esta causa, habida cuenta lo declarado por los testigos y las múltiples sentencias en que se la condena junto a l empresa naval gijonesa.

    La fiscal también diferenció este proceso del hecho de que el trabajado haya cobrado unas prestaciones sociales con que tenga derecho a recibir una indemnización. Además, señaló que "el sindicato ha de ser dejado fuera", en lo que a ser indemnizado por vulneración de derechos sindicales se refiere.

    Por todo ello, consideró "desorbitada" la petición de indemnización del demandante de 100.000 euros y la cifró, a su parecer, en 6.000 euros, en el caso de que la jueza reconozca este derecho.

    Además, señaló que ante la duda de si este procedimiento judicial era el adecuado para presentar su reclamación el demandante, defendió que "debe prevalecer el derecho del trabajador".

    Por su parte, la abogada de Pymar dijo haber justificado "debidamente" durante la vista oral el objeto social de la sociedad a la representa. Según ella, ninguno de los testigos -cuatro a propuesta de la defensa_pudo "implicar" a Pymar en actividad alguna que tenga que ver con la extinción del contrato de Morala, por lo que su cliente no es el empleador.

    También aseguró que el control que pudo efectuar Pymar lo hizo "dentro de los límites que tiene marcados" y remarcó el hecho de que la situación financiera deficitaria de la empresa en los últimos años hacía obligado que Naval Gijón tuviera que consultar a Pymar sobre el empleo del dinero.

    Por su lado, el letrado de Naval Gijón insistió en que el Juzgado de lo Social no es el órgano que debe decidir sobre este caso, ya que está pendiente de una resolución de otro órgano judicial que podría ser "contradictoria" con la adoptada en éste.

    También señaló que, en último caso, la extinción del contrato de Morala es efectiva a 31 de diciembre de 2007 y que negó que le correspondieran salarios de tramitación. El abogado recalcó que el trabajador cobró prestaciones sociales, lo que sería percibir dos cantidades por lo mismo.

    En cuanto a la abogada de Morala, recordó que éste se incorporó a Naval Gijón en 1974 y que fue una de las figuras más representativas sindicales por parte de la CSI, de la que fue secretario general entre 2003 y 2008. En este sentido, vinculó su despido al intento "constante" de apartarle de la negociación sobre el futuro de la empresa, como se pone de manifiesto al despedirlo días antes de las elecciones sindicales.

    Además, recordó que entre 2002 y marzo de 2009, existen sentencias firmes a favor de la CSI y en contra de Naval Gijón y Pymar, por vulneración de derechos fundamentales. A este respecto, destacó que el despido de Morala buscaba "desprestigiar" al sindicato, y a él mismo, para así condicionar el voto en las elecciones sindicales.

    También rechazó que, al contrario que sostuvo el abogado de la empresa, hubiera "imposibilidad para reincorporarlo" cuando éste lo solicitó, tras la sentencia firme, en última instancia y de obligado cumplimiento, del Tribunal Supremo.

    Asimismo, señaló que "la responsabilidad de Pymar es total" en este caso, además de ser el máximo acreedor y el propietario de los terrenos. Según ella, esto quedó acreditado a través de los testigos y las pruebas documentales presentadas.

    También justificó los 100.000 euros solicitados por la reiteración en el incumplimiento de las sentencias contra la vulneración de derechos, la última de las cuales condena a Naval Gijón y Pymar al pago de 30.000 euros. Esta es la sentencia a la que aludía el abogado de Naval Gijón para pedir la suspensión del juicio, al estar recurrida.

    CONTROL DIARIO DE PYMAR.

    Sobre este asunto, los cuatro testigos de la defensa confirmaron que Pymar ejercía la gestión diaria sobre Naval Gijón y que la primera había puesto para ello al frente de la dirección de la empresa gijonesa a Diego Alonso, "un hombre de su confianza", según uno de los testimonios.

    El que fuera director de Organización y Recursos Humanos entre 200 y 2003, Manuel Nosti, señaló que al principio la relación de Pymar con Naval Gijón era "de colaboración en todo el apartado comercial y la canalización de las subvenciones" pero que, a partir de 2001 cuando la empresa estaba al borde de la quiebra, comenzó a ser "una especie de intervención".

    Todo debía ser consultado con Pymar, según Nosti, incluso los honorarios de los abogados que se contrataban o las nóminas. De hecho, él mismo demandó a Pymar una indemnización tras su marcha del astillero, ya que le dijeron que era ésta quien "tenía bloqueado el pago". Y aunque en este caso el talón lo firmaba Naval Gijón, sabía que ésta no tenía dinero.

    En cuanto a la situación actual, señaló que no cree que cambiara mucho. "Lo que queda ahí es chatarra, pero debajo hay solares", indicó antes de añadir el interés que deben tener estos para alguien. "Si no es por Pymar, en 2001 Naval Gijón hubiera dejado de existir", apuntó.

    También declararon tres trabajadores que tuvieron representación en el Comité de Empresa, Balbino Cano, Mauricio Pastor y Joaquín Verdejo, cada uno de un sindicato (CSI, CCOO y UGT), que certificaron las reuniones semanales de Naval Gijón con Pymar y el que la empresa les dijera que había que consultarlo todo con esta última.

    Cano incluso apuntó que el día que solicitó Morala su reincorporación tras la sentencia del Supremo, él y otros dos compañeros del Comité de Empresa le acompañaron a ver al director de Recursos Humanos, quien rechazó la petición y argumentó que había "orden de Pymar" de no admitirla.

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