Un juzgado de Vitoria reconoce a un trabajador el derecho de disfrutar de sus vacaciones tras una baja
CC.OO. destaca que por primera vez se aplica en Euskadi la doctrina del Supremo por la que el trabajador "no pierde sus vacaciones" por una baja
28/12/2009 | Actualizada a las 13:30h | Economía
Bilbao. (EUROPA PRESS).- El juzgado de lo Social número 2 de Vitoria ha reconocido el derecho de un trabajador de la planta de Tubos Reunidos de Amurrio (Álava) a disfrutar de sus vacaciones tras pasar una temporada de baja por enfermedad, según informó hoy CC.OO. Euskadi.
En un comunicado, el sindicato explicó que el juzgado le "ha dado la razón" en la demanda interpuesta por el caso de este trabajador al que su empresa le "negó el disfrute" de vacaciones después de una baja, lo que supone "la primera sentencia que se da en Euskadi en la que un juez aplica la doctrina unificada por el Tribunal Supremo".
Según recordó, el pasado mes de agosto, el Alto Tribunal estableció que "estar de baja no puede ser causa para que un trabajador pierda sus vacaciones", en una resolución referida a un caso registrado en la empresa madrileña CLH Aviación en el que se "dejaba claro que son dos derechos independientes: uno, el derecho a recuperarse, y otro, el derecho a descansar".
CC.OO. indicó que el Supremo argumentó su fallo en que el pleno disfrute del derecho a las vacaciones "únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo, de forma que no cabe entender que un trabajador en situación de incapacidad temporal pueda disfrutar adecuadamente de las finalidades atribuidas a las vacaciones".
A su vez, el tribunal se basó en una sentencia en la misma dirección dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en enero de este año.
"Doctrina justa"
En el caso de Tubos Reunidos, la situación fue demandada por los servicios jurídicos de CC.OO. El trabajador, con una antigüedad de 33 años en la empresa, había sufrido una enfermedad común que le obligó a estar de baja desde el 23 de junio de 2008 hasta el 5 de marzo de 2009.
Al reincorporarse, la Dirección "le negó su derecho a las vacaciones alegando que ya las había disfrutado mientras estaba de baja", lamentó el sindicato.
Por ello, aplaudió la resolución dictada y mostró su satisfacción de que, "por fin, comience a aplicarse una doctrina justa tras años de batallas judiciales y sindicales para que se despejara cualquier confusión sobre este asunto". "Confusión que las patronales han alentado en múltiples litigios, empeñándose en negar un derecho evidente", advirtió.
CC.OO. destaca que por primera vez se aplica en Euskadi la doctrina del Supremo por la que el trabajador "no pierde sus vacaciones" por una baja
28/12/2009 | Actualizada a las 13:30h | Economía
Bilbao. (EUROPA PRESS).- El juzgado de lo Social número 2 de Vitoria ha reconocido el derecho de un trabajador de la planta de Tubos Reunidos de Amurrio (Álava) a disfrutar de sus vacaciones tras pasar una temporada de baja por enfermedad, según informó hoy CC.OO. Euskadi.
En un comunicado, el sindicato explicó que el juzgado le "ha dado la razón" en la demanda interpuesta por el caso de este trabajador al que su empresa le "negó el disfrute" de vacaciones después de una baja, lo que supone "la primera sentencia que se da en Euskadi en la que un juez aplica la doctrina unificada por el Tribunal Supremo".
Según recordó, el pasado mes de agosto, el Alto Tribunal estableció que "estar de baja no puede ser causa para que un trabajador pierda sus vacaciones", en una resolución referida a un caso registrado en la empresa madrileña CLH Aviación en el que se "dejaba claro que son dos derechos independientes: uno, el derecho a recuperarse, y otro, el derecho a descansar".
CC.OO. indicó que el Supremo argumentó su fallo en que el pleno disfrute del derecho a las vacaciones "únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo, de forma que no cabe entender que un trabajador en situación de incapacidad temporal pueda disfrutar adecuadamente de las finalidades atribuidas a las vacaciones".
A su vez, el tribunal se basó en una sentencia en la misma dirección dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en enero de este año.
"Doctrina justa"
En el caso de Tubos Reunidos, la situación fue demandada por los servicios jurídicos de CC.OO. El trabajador, con una antigüedad de 33 años en la empresa, había sufrido una enfermedad común que le obligó a estar de baja desde el 23 de junio de 2008 hasta el 5 de marzo de 2009.
Al reincorporarse, la Dirección "le negó su derecho a las vacaciones alegando que ya las había disfrutado mientras estaba de baja", lamentó el sindicato.
Por ello, aplaudió la resolución dictada y mostró su satisfacción de que, "por fin, comience a aplicarse una doctrina justa tras años de batallas judiciales y sindicales para que se despejara cualquier confusión sobre este asunto". "Confusión que las patronales han alentado en múltiples litigios, empeñándose en negar un derecho evidente", advirtió.
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