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    Aragón regula el derecho de admisión en establecimientos y espectáculos públicos

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    Aragón regula el derecho de admisión en establecimientos y espectáculos públicos Empty Aragón regula el derecho de admisión en establecimientos y espectáculos públicos

    Mensaje por Invitado Miér 24 Feb 2010 - 1:13

    23-02-2010 / 14:40 h

    (Aragón) POLITICA,GOBIERNO


    Aragón regula derecho de admisión en establecimientos y espectáculos públicos

    El Ejecutivo ha pretendido garantizar la libertad, seguridad e igualdad del público en la entrada y en el interior de los locales y recintos y como objetivo tiene también "minimizar las situaciones problemáticas que se puedan generar".
    El reglamento consta de cinco capítulos con 21 artículos y 2 anexos que recogen su objeto, el régimen general y particular del derecho de admisión, qué es el servicio de admisión, quién lo puede integrar, el régimen de los centros docentes autorizados para impartir el curso y la realización de las pruebas para el personal del servicio de admisión que no sea ya vigilante de seguridad.
    En uno de sus puntos se establece que el derecho de admisión se ejercerá con respeto a la dignidad de las personas y a sus derechos
    fundamentales, sin discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, además de que se facilitará el acceso y permanencia de las personas con discapacidad.
    También se explicitan los supuestos en los que se podrá impedir la admisión a espectáculos o establecimientos públicos, como cuando el aforo esté al completo, se cumpla el horario de cierre, no se tenga la edad exigida o se esté ante personas que dificulten el desarrollo del espectáculo, tengan actitudes violentas, causen molestias a otras personas, consuman drogas o presenten signos de embriaguez.
    El reglamento define como novedad que el servicio de admisión puede estar integrado por vigilantes de seguridad habilitados o por personal acreditado tras realizar un curso preparatorio y superar una serie de pruebas técnicas y prácticas que quedan definidas en esta norma.
    También se definen las funciones que deben desempeñar, como asegurar el acceso pacífico de las personas, comprobar su edad cuando sea procedente, vigilar que las bebidas no sean sacadas al exterior o proporcionar primeros auxilios básicos cuando sea necesario.
    En ningún caso el personal que integre el servicio de admisión portará armas y únicamente podrá hacer un uso proporcionado de la fuerza en caso de urgencia para velar por la integridad de las personas o los bienes, e informar de manera inmediata al personal de seguridad privada, si lo hubiera, o a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
    Los servicios de admisión tendrá un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del Reglamento para adaptarse a lo marcado en esta
    normativa. EFE

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    Aragón regula el derecho de admisión en establecimientos y espectáculos públicos Empty Los porteros deberán acreditar que conocen su trabajo

    Mensaje por Invitado Miér 24 Feb 2010 - 1:25

    Los porteros deberán acreditar que conocen su trabajo


    REDACCIÓN
    ,23 de febrero de 2010
    El personal de admisión de los locales de ocio deberá ser mayor de edad y carecer de antecedentes penales. No podrán portar armas de ningún tipo

    Los bares con un aforo de más de 150 personas (100 en zonas saturadas) podrán contar con personal de admisión, una categoría profesional que incluirá a vigilantes de seguridad o a trabajadores que superen las pruebas físicas, teóricas y psicotécnicas para poder desempeñar su trabajo. Los porteros no podrán tener antecedentes penales y deberán ser mayores de edad. Si son extranjeros, deberán tener los papeles en regla y conocer el idioma. A todos les exigirán una formación académica de educación primaria o superior.
    Los vigilantes no podrán portar armas y sólo estarán capacitados para hacer uso de la fuerza en casos de urgencia, con el fin de velar por la integridad de las personas o los bienes. Su trabajo consistirá en dirigir el acceso de las personas, comprobar su edad e impedir que saquen las bebidas fuera y llevarán una placa con su identificación.

    La Constitución, primeros auxilios y técnicas de autocontrol
    Los porteros deberán superar un test teórico con cien preguntas sobre la constitución, los derechos fundamentales, los horarios de cierre y las medidas de seguridad. En la prueba práctica tendrán que demostrar que saben reaccionar ante situaciones violentas y primeros auxilios. El test psicotécnico determinará que no padecen ningún trastorno de personalidad.

    Menores, violentos, ebrios o drogados no entrarán
    El reglamento de admisión en espectáculos públicos, que aprobó ayer la DGA, establece que el derecho de admisión se aplicará cuando el aforo esté completo, se cumpla la hora de cierre del local o la personas que quiera entrar sea menor, manifieste actitudes violentas, lleve armas u objetos susceptibles de ser usados como tales, moleste a otros clientes o esté ebrio o drogado.

    La regulación del derecho de admisión
    Respeto a los derechos fundamentales
    El derecho de admisión se ejercerá con respeto a la dignidad de las personas y a sus derechos fundamentales, sin que se pueda producir discriminación por nacimiento, raza, religión, opinión o razones políticas.

    Los locales pueden incluir excepciones
    Los titulares de los locales que quieran incluir reglas particulares (como impedir el acceso en zapatillas) deberán pedir un visado y exhibir las condiciones adicionales en la zona de acceso a su establecimientos.

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