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    Mensaje por tasmania68 Miér 20 Abr 2011 - 17:01

    Recuerdo del primer mensaje :

    Hola buenas compañeros, estoy de baja medica con ansiedad desde hace casi un mes, me gustaria saber cuanto cobra un vigilante estando de baja medica, gracias.

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    Mensaje por tasmania68 Mar 30 Ago 2011 - 11:02

    Estando de baja no he podido ir al primer ejercicio de tiro, si por estar de baja no puedo ir al segundo ejercicio de tiro,perdere la licencia de armas o puedo recuperarla cuando finalize la baja????
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    Mensaje por alma14 Miér 31 Ago 2011 - 0:09

    Si trabajas con arma te tienen que hacer un ejercicio de recuperación. Si no trabajas con arma con que hagas el del segundo semestre ya la tienes activada.

    Para pk2r... buen apunte.

    Un saludo.
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    Mensaje por BRUJILLA67 Jue 22 Sep 2011 - 15:41

    Hola!! llevo de baja desde hace seis meses aprox., ya he recibido la notificacion de reconocimiento medico por el INSS, donde puede que me den el alta, ya que estoy de baja por depresion, el sindicato me comunico que si esto me pasara, tenia 10 dias para reclamar esa decision por parte de la INSS y si no surtia efecto, tendria que denunciar a magistratura por no respetar la empresa los riesgos laborales hacia mi persona. Eso lo tengo ya asumido. Ahora, la empresa me llama a un dia de ese reconocimiento medico y me comunica que tengo que depositar la licencia de armas en la comandancia de la guardia civil, tengo que aclarar que no me presente al ejercicio del primer trimestre,con lo que, a mes de septiembre, me parece un tanto extraño que la empresa me indique eso, ya que tengo hasta diciembre para presentarme al ejercicio de puntuacion. ¿De que van? Acepto que me deis opiniones sobre esto, ya que me temo que estan pensando en ponerme de patitas en la calle o que no me tengan que pagar el plus de armas estando de baja. Gracias a todos.
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    Mensaje por BRUJILLA67 Jue 22 Sep 2011 - 15:44

    AH!!! se me olvido preguntar si podia hacer el ejercicio de tiro estando de baja?? Saludos

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    Mensaje por alma14 Jue 22 Sep 2011 - 16:32

    Si estás de baja no haces el ejercicio de tiro.

    Imagínate que tienes el brazo roto, ¿harías el ejercicio de tiro?

    La licencia la tiene que depositar la empresa, tu haces un papel por duplicado que la empresa te recoge la licencia, y son ellos los que la tienen que depositar, si no los sancionan.

    El plus te lo tienen que abonar igual, pues es un plus de peligrosidad... así que no lo vuelvas a llamar de arma, que sois malos hasta para vosotros mismos.

    ¿Qué pone en la nómina? ¿Plus de arma? ¿Entonces proque no le llamas por su nombre?

    Un saludo.

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    Mensaje por BRUJILLA67 Jue 22 Sep 2011 - 23:58

    no hay que ser tan tiquismiquis, cada cual lo especifica como quiera, no es una obligacion el tener que llamar las cosas por su nombre, con lo cual se me entendio lo que queria decir.
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    Mensaje por BRUJILLA67 Vie 23 Sep 2011 - 0:00

    Ahora si quieres pillarlo, lo pillas y si no me baneas como has echo con otros compañeros que han dicho cosas que no te gustaban
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    Mensaje por alma14 Vie 23 Sep 2011 - 23:08

    BRUJILLA67 escribió:Ahora si quieres pillarlo, lo pillas y si no me baneas como has echo con otros compañeros que han dicho cosas que no te gustaban

    Te agradezco que lo explicaras tan bien, pero que lo pille yo no quiere decir que los demás lo pillen. Estás en un error si piensas que los baneados lo han sido porque han dicho cosas que no me gustaran. Aunque algo de razón llevas si tenemos en cuenta que el insulto y la mala educación no me gustan, y además el que así se comporte sabe que se va baneado. No porque no me guste, que repito no me gusta, si no porque está en las normas del foro, y si no las aceptan se van a la calle.

    Aunque creo que piensas que fueron baneados porque no me gustaban, te invito a que nombres a uno, al que tu creas que se baneó sin razón alguna, o por no gustarme lo que dijo. No me vale que tires la piedra y escondas la mano.

    BRUJILLA67 escribió:no hay que ser tan tiquismiquis, cada cual lo especifica como quiera, no es una obligacion el tener que llamar las cosas por su nombre, con lo cual se me entendio lo que queria decir.

    Entiendo que desconozcas los temas y para justificarte digas que somos tikismiquis, pero que a ti te de igual es lo mismo, ya que esto lo leen personas no tan listas como tu y se lo hay que explicar mejor para que no haya confusiones.

    Después vienen las lamentaciones y culpamos a los sindicatos y a sus abogados que nos vendieron. Mira, te voy a poner unos ejemplos prácticos.

    1.- Incidente en tu servicio con un delincuente que quiere robar y agredirte.

    Como todos sabemos del tema y no hay que explicar mucho, pues nos entendemos, al final lo retienes, llamas a la policía y sale el juicio.

    a) Tu declaración ante su señoría es que vino un delincuente a robar a tu servicio, robó una pesa de hacer brazo de la tienda de deportes y la levantó en alto para golpearme, como lo veía venir, saqué la porra y le metí un gomazo en toda la cabez, cayó redondo y lo esposé para que no se moviera.

    b) La mía, observé como una persona intentaba salir con una pesa de la tienda sin abonarla, al ir a junto de ella para indicarle dónde estaba la caja, levantó la pesa con la que me intentó agredir, yo eché mano a mi defensa para defenderme de la agresión, al final logré reducirlo y como no quedaba quieto que seguía intentando agredirme lo engrilleté, preguntándole si le molestaban los grilletes así apretados. Llamé a las FFCCSE para que levantaran el informe y se hicieran cargo de la persona. Mientras no llegaban las FFCCSE estuve con la persona por si necesitaba algo.

    Evidentemente con tus explicaciones eres candidata a tener una sentencia condenatoria. Y si tu la quieres tener, pues es tu problema, pero los que leen los post no tienen culpa.

    2.- Examen de la licencia de armas, te preguntan como se llama al apéndice que aprietas en un revólver para realizar un disparo.

    a) Tu respuesta, como no eres quisquillosa, es gatillo.

    b) La mía disparador.

    Evidentemente no pasas de esa pregunta.

    3.- Y esto va del tema que estábamos hablando. En el juzgado vas a reclamar el plus de arma.

    a) Vengo a reclamar el plus de arma que yo lo cobraba íntegro, y ahora me pagan 18 euros.

    b) Yo voy a reclamar el plus de peligrosidad que cobraba ciento y pico y me pasó por arte de magia a 18 euros.

    El mío es un cambio sustancial, el tuyo no, y ten por seguro que lo pierdes, pues has dejado de trabajar con arma y se te abona el plus de peligrosidad y no el del (tikismiquis llamado) arma.

    Te repito que hablar bien para los que nos leen es importante, y además demuestra lo que conoces o lo profesional que eres en el tema. Defender hablar mal con un “bien se entiende” das a entender tus bajos conocimientos que quieres ocultar gajo unas disculpas.

    Hablar bien te puede salvar de muchas cosas, hablar mal te puede por el contrario traerte problemas.

    Y ahora vamos con tus preguntas, porque metes cosas nuevas con viejas y que tienen distinto tratamiento. Por lo que voy a tener que repasar lo que has dicho.

    La pregunta original es cuanto cobra un vigilante de baja médica... comprenderás que la única respuesta acertada posible es poco, y depende de cuanto cobre de alta, y en nómina, que aquí también meten lo que cobran en negro mucha gente.

    La segunda pregunta del mismo hilo es si ¿la baja por depresión entra como baja laboral?

    La respuesta es que en principio no entra como enfermedad profesional, pues no está metida dentro de las enfermedades profesionales. Si denuncias y lo ganas, entraría como accidente de trabajo.

    Otra pregunta en el mismo tema... de baja por enfermedad comun que cobraria el 75% o el 100%, llevo ya 25 dias de baja, muchas gracias.

    Contestada dos post antes...

    los tramos siguientes:
    b.1) Del día 1 al 3, por una sola vez al año, el 50% de la base de
    cotización.
    b.2) Del día 4 al 20, hasta el 80% de la base de cotización.
    b.3) Del día 21 al 40, hasta el 100% de la base de cotización.
    b.4) Del 41 al 60, hasta el 90% de la base de cotización.
    b.5) Del 61 al 90, hasta el 80% de la base de cotización
    b.6) Del 91 en adelante, si procede, como está legislado.
    Las Empresas complementarán la prestación reglamentaria en el
    supuesto de hospitalización:
    Se cobrará el 100% de la base cotizable, desde la fecha de su
    hospitalización, durante 40 días máximo, aunque parte de dichos días
    esté hospitalizado y otra parte no, y en período de recuperación ó
    postoperatorio, pero siempre que siga de baja.

    Otra pregunta más pero disinta...tenia que haber ido al ejercicio de tiro este mes y no he ido porque estoy de baja, mi pregunta es cuando vuelva a trabajar puedo trabajar con arma o que tengo que hacer cuando finalice la baja

    Y le contestan que... tranquilo tasmania puedes trabajar igual normaimente no te llaman, si no que esperan a el proximo ejercicio ,saludos lucas

    Otra distinta y parecida a las anteriores... estoy de baja por ansiedad llevo desde el 1 de abril y he cobrado 670 euros esto es normal, a mi me parece poco dinero

    Se contesta adecuadamente, porque con los datos que da la gente tenemos que ser equilibristas. Mira si fuera el de las 24 horas mensuales de contrato le estaban regalando un pastón.

    Otras preguntas, te recuerdo que aquí no cobramos por abrir temas nuevos... curse una solicitud de determinacion de la contingencia de incapacidad temporal, la respuesta de la seguridad social que he recibido hoy es que es un transtorno adaptativo mixto, que deriva de enfermedad comun, mi solicitud fue para que lo consideraran enfermedad profesional, que me recomendais que haga

    La respuesta... La seguridad social contestó lo que tenía que contestar, pues una depresión por el motivo que sea no será jamás considerada como enfermedad profesional.

    Otra más... como pido el cambio de contingencia.

    A la que tu, con tu caso personal le vas contestando... tenia que pedir en el INSS la determinacion de contingencia de buenas maneras, eso esta echo, pero todavia no he obtenido respuesta por parte de ellos.../...¿ahora el INSS te dice que eso es una enfermedad comun? pues que venga dios y lo vea

    No hace falta Dios aquí, sencillamente no es enfermedad profesional, porque está considerada como enfermedad común, y me refiero a la enfermedad. Otra cosa bien distinta es que la empresa provoque esa enfermedad, para lo que tendrás que ir al juzgado a que un juez lo valore y lo sentencie... y no va a ser enfermedad profesional, si no más bien accidente de trabajo. MOBBING.

    Las enfermedades vienen ellas solas, los accidentes tienen una causa extrerna... ¿romperse una pierna podría ser una enfermedad profesional? NO, será siempre un accidente de trabajo. Hasta que logren tener unas cuantas sentencias en profesiones como futbolistas en las cuales hay muchas piernas rotas y consigan en el juzgado tal denominación para su profesión. A día de hoy es un accidente de trabajo, si se produce cuando estás trabajando o en camino al trabajo.

    Decirte que yo siempre hago las cosas de buenas maneras, me pongo delante de un papel y escribo por duplicado, uno para la empresa, el evi, inspección, etc... y otro para mi, con acuse de recibo.

    En el mismo tema mezclamos la pregunta de las vacaciones...

    Volvemos con otro tema, la licencia y los ejercicios de tiro...

    Y aquí llegas con otra pregunta tu, dos en una y otra más, porque son tres cosas distintas que las mezclas.

    Estando de baja, la seguridad social te puede llamar a revisión, y si consideran que estás en condiciones darte el alta... Otra cosa bien distinta es que sea la mutua la que te llame y sean ellos los que quieran que firmes el alta voluntaria, pues si te atiende tu médico de cabecera la mutua poco pinta.

    Si te da el alta la seguridad social, tienes que cogerla, independientemente que denuncies a la empresa por falta de prevención en tu servicio, una cosa no tiene que ver con la otra. El médico de cabecera, el psiquiatra o el evi te pueden dar de alta, es lo normal cuando los médicos encuentran que te has curado. Y el denunciar a tu empresa es otra cosa. Que te lo expliquen bien, que luego todos nos entendemos y al final estás denunciando a la empresa por mobbing (como se dice vulgarmente para que nos entendamos).

    ¿de que van?

    Van legalmente, de que estás de baja y no estás desempeñando trabajo alguno con arma, así que el sitio de la licencia es intervención de armas de la guardia civil.

    La baja, que hasta la fecha entiendo que es por IT, te la abonan según tus ingresos en no se cuantas últimas nóminas, creo que seis pero no me hagas mucho caso.

    Lo de la baja e ir al ejercicio de tiro creo que ya te quedó claro. Pero hacemos incapié en saber mucho detalle que no tiene importancia y pasamos por alto otros que si la tienen y bastante... te podría contestar al ejercicio de tiro en vez de con un brazo o los dos rotos con otras preguntas...

    ¿Estando de baja vas a trabajar? ¿Ir al ejercicio de tiro te lo tiene que abonar la empresa? Entonces ir al ejercicio de tiro es trabajar.

    Un saludo.

    PD.: Y si sabes de alguien que fuera baneado por estar en desacuerdo con mis ideas o que no me gustara lo que dijera me lo dices, que te doy una explicación y si tienes razón lo desbaneo y pido disculpas.
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    Mensaje por alma14 Vie 23 Sep 2011 - 23:09

    Se me olvidaba, ya puedes pedir que te baneen, que no entras más, o que te borren, porque no te gusta las respuestas que te doy...

    Un saludo.

    PD.: Cuando acuses de algo, procura aportar pruebas.
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    Mensaje por BRUJILLA67 Sáb 24 Sep 2011 - 8:18

    No voy a entrar en polemica contigo y no escondo la mano, fue un simple comentario. Ok, aceptamos pulpo como animal de compañia!!

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