Un vigilante de seguridad sordo de Valladolid gana un pleito al INSS que le denegaba la invalidez total.
VALLADOLID, 6 Oct. (EUROPA PRESS) - Un vigilante de seguridad privada de Valladolid, José Francisco B.S, ha conseguido que se le reconozca la invalidez permanente total para el desempeño de su profesión tras pleitear contra la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), organismo que, por contra, le había denegado tal reconocimiento al considerarle apto.
El afectado, quien decidió interponer demanda en marzo de 2005, ha visto ahora cómo el Juzgado de lo Social número 1 de Valladolid, en sentencia a la que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, le ha concedido la invalidez permanente total para su profesión habitual de vigilante de seguridad y ha condenado tanto al INSS como a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a pagarle el 55 por ciento de la base reguladora del sueldo con efectos retroactivos desde la fecha del cese en el abono de la prestación de incapacidad temporal (IT).
El trabajador, quien trabajaba para la empresa PYC Seguridad Cataluña S.A, con funciones de vigilante de seguridad en distintos centros comerciales, sufrió de forma súbita una hipoacusia bilateral severa profunda, junto con vértigos, que le impedía seguir desempeñando su función, de ahí que solicitara la invalidez permanente total al INSS.
Sin embargo, el referido organismo, con fecha de 20 de diciembre de 2004, denegó tal petición, declaró extinguida la prórroga de efectos económicos de la situación de incapacidad temporal (IT) y le notificó su necesaria reincorporación a su antigua actividad laboral, y todo ello pese a la importante merma sufrida en su capacidad auditiva.
VUELTA AL TRABAJO Y DESPIDO
La vuelta obligada a su antiguo puesto de trabajo se tradujo en que la empresa para la que trabajaba, PYC Seguridad Cataluña S.A, declaró extinguida su relación laboral en marzo de 2005 ante la "ineptitud sobrevenida, habida cuenta de la pérdida de audición bilateral por encima del 50 por ciento y a los vértigos constantes que sufría".
El afectado presentó entonces demanda en el Juzgado de lo Social número 1 de Valladolid para solicitar la incapacidad permanente total para la función de vigilante de seguridad, tal y como ahora le ha sido reconocida contra el criterio del INSS.
El fallo judicial establece que "ha quedado acreditado, por los informes obrantes en autos, que el actos padece las lesiones descritas que son incompatibles con el desempeño de la profesión de vigilante de seguridad. El juzgador se apoya en un Real Decreto regulador de la aptitud psicofísica necesaria parra prestar servicios de seguridad privada en el que, en lo referido a capacidad auditiva, se establece que una sordera superior al 45 por ciento es causa de no aptitud, al igual que el vértigo posicional paroxístico".
VALLADOLID, 6 Oct. (EUROPA PRESS) - Un vigilante de seguridad privada de Valladolid, José Francisco B.S, ha conseguido que se le reconozca la invalidez permanente total para el desempeño de su profesión tras pleitear contra la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), organismo que, por contra, le había denegado tal reconocimiento al considerarle apto.
El afectado, quien decidió interponer demanda en marzo de 2005, ha visto ahora cómo el Juzgado de lo Social número 1 de Valladolid, en sentencia a la que tuvo acceso Europa Press en fuentes jurídicas, le ha concedido la invalidez permanente total para su profesión habitual de vigilante de seguridad y ha condenado tanto al INSS como a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a pagarle el 55 por ciento de la base reguladora del sueldo con efectos retroactivos desde la fecha del cese en el abono de la prestación de incapacidad temporal (IT).
El trabajador, quien trabajaba para la empresa PYC Seguridad Cataluña S.A, con funciones de vigilante de seguridad en distintos centros comerciales, sufrió de forma súbita una hipoacusia bilateral severa profunda, junto con vértigos, que le impedía seguir desempeñando su función, de ahí que solicitara la invalidez permanente total al INSS.
Sin embargo, el referido organismo, con fecha de 20 de diciembre de 2004, denegó tal petición, declaró extinguida la prórroga de efectos económicos de la situación de incapacidad temporal (IT) y le notificó su necesaria reincorporación a su antigua actividad laboral, y todo ello pese a la importante merma sufrida en su capacidad auditiva.
VUELTA AL TRABAJO Y DESPIDO
La vuelta obligada a su antiguo puesto de trabajo se tradujo en que la empresa para la que trabajaba, PYC Seguridad Cataluña S.A, declaró extinguida su relación laboral en marzo de 2005 ante la "ineptitud sobrevenida, habida cuenta de la pérdida de audición bilateral por encima del 50 por ciento y a los vértigos constantes que sufría".
El afectado presentó entonces demanda en el Juzgado de lo Social número 1 de Valladolid para solicitar la incapacidad permanente total para la función de vigilante de seguridad, tal y como ahora le ha sido reconocida contra el criterio del INSS.
El fallo judicial establece que "ha quedado acreditado, por los informes obrantes en autos, que el actos padece las lesiones descritas que son incompatibles con el desempeño de la profesión de vigilante de seguridad. El juzgador se apoya en un Real Decreto regulador de la aptitud psicofísica necesaria parra prestar servicios de seguridad privada en el que, en lo referido a capacidad auditiva, se establece que una sordera superior al 45 por ciento es causa de no aptitud, al igual que el vértigo posicional paroxístico".
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