Un fallo que concluye "esta sentencia es firme y contra ella no cabe recurso alguno" representa el final de un proceso judicial que debe acatarse. La empresa Segur Ibérica S.A. parece no tenerlo demasiado claro ya que en los últimos seis meses ha sido condenada en dos ocasiones -con sentencias firmes- a devolver a una trabajadora a su puesto original y con las mismas condiciones pero no aplica las resoluciones judiciales.
La empleada, vigilante de seguridad de Segur Ibérica en Granada, demandó a su empresa después de que se le cambiara el destino y el horario de los turnos de forma improcedente, según han estimados dos juzgados distintos. Los fallos son firmes y fueron dictados el 23 de septiembre de 2008 y el 10 de marzo pasados.
A pesar de todo el tiempo transcurrido (seis meses en el primer caso y casi uno en el segundo), la trabajadora sostiene que la empresa sigue imponiéndole las condiciones que los magistrados han rechazado en ambos procedimientos.
Isabel Jiménez se ha visto obligada a recurrir de nuevo a los tribunales para solicitar que se ejecuten las sentencias, tal y como reconoció ayer a este periódico. La versión oficial de Segur Ibérica, con la que contactó este periódico, se limitó a señalar que la empresa "cumplirá, como siempre ha hecho, con lo establecido en las sentencias". Isabel Jiménez se incorporó hace cinco años como vigilante de seguridad a Segur Ibérica.
Sus jefes le encomendaron el control de acceso de la fábrica de Santa Bárbara en El Fargue, que tiene contratada a Segur Ibérica para la vigilancia del recinto. Según ha explicado la trabajadora, aceptó el trabajo con la condición de no hacer turnos de noche.
Así ocurrió durante los cuatro primeros años, hasta que el pasado 1 de julio la incluyeron en los cuadrantes que le obligaban a realizar cinco noches en horario de 18.00 a las 6.00 de la madrugada. Isabel protestó por esta modificación de las condiciones de trabajo y al ver que no le hacían caso optó por acudir a los tribunales.
La decisión de judicializar su relación laboral con Segur Ibérica sentó mal a sus jefes y al final acabó trasladada al Palacio de Congresos de Granada, un cambio de destino que también recurrió en el juzgado. La magistrada del Juzgado de lo Social número 5 de Granada consideró "injustificada" la modificación de las condiciones de trabajo que imponían a la vigilante la realización del turno de noche y obligó a Segur Ibérica a "reponerla a las condiciones anteriores".
Sobre el cambio de centro de trabajo también se pronunció el pasado 10 de marzo el titular del Juzgado de lo Social 1 de Granada, quien declaró "injustificado" el traslado desde Santa Bárbara al Palacio de Congresos.
El juez condenó a Segur Ibérica a "reponer" a la denunciante "en sus condiciones de trabajo". Las dos sentencias judiciales son firmes y establecen en su conjunto que Isabel Jiménez debe volver a prestar sus servicios de vigilante de seguridad en Santa Bárbara y sin realizar turnos de noche.
Ni caso. La empresa sigue sin acatar las sentencias. Isabel trabajó ayer mismo en el Palacio de Congresos. Allí recibió la visita de un inspector de trabajo "que se quedó asombrado por el hecho de que siguiera en este puesto", explicó.
El funcionario levantó acta "para sancionar" a Segur Ibérica "por incumplimiento de sentencia", precisó Isabel. La propuesta de multa asciende a 6.250 euros, tal y como puedo comprobar la trabajadora al firmar el acta. Segur Ibérica podía haber cumplido ambas resoluciones judiciales al ser firmes pero hasta el momento ha optado por mantener las cosas como están.
La trabajadora asegura que ha recibido "amenazas" del tipo "ten cuidado con lo que haces porque no vas a ejercer más de vigilante". La empresa no pudo pronunciarse ayer sobre este extremo al encontrarse "de viaje" su responsable regional, Nicolás Bosch.
Isabel Jiménez demandó en primer lugar su derecho a no trabajar por las noches en Santa Bárbara. La magistrada le dio la razón al entender que entró con unas condiciones que después se vieron alteradas "haciendo más gravosa su prestación de trabajo por la incidencia del cambio en su vida personal y familiar" y que esa modificación del horario se hizo sin preaviso y sin comunicarlo a los sindicatos.
Sobre el traslado al Palacio de Congresos, Segur Ibérica se escudó en que fue una petición del cliente, argumento descartado por el juez, que reconoce que hubo "quejas acerca del cumplimiento del servicio" pero no solicitud de cambio. La empresa aseguró también que Isabel no estaba en condiciones de trabajar por su inestabilidad emocional, criterio descartado por los médicos y que sirvió al juez para darle la razón.
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