Ratifican la nulidad del despido de un vigilante y el PP trasladará los hechos al fiscal
El TSJA ha confirmado la sentencia de un juzgado de lo Social que declaró nulo el despido de la jefa del servicio de seguridad de la Diputación de Granada, adjudicado a Segurisa, por considerar que fue improcedente y que sufrió acoso laboral por parte del coordinador de seguridad de la institución.
Al tratarse de la segunda sentencia en este sentido y dado que transcurrido un año de los hechos el presidente de la Diputación, Antonio Martínez Caler (PSOE), "no ha tomado medidas al respecto", el PP pondrá el asunto en conocimiento de la Fiscalía la próxima semana por si, como máximo responsable político de la institución, tuviera alguna responsabilidad, según ha informado hoy en rueda de prensa el portavoz provincial de ese grupo, José Antonio Robles.
En esta última sentencia, la Sala de lo Social del TSJA rechaza el recurso de súplica interpuesto por Segurisa contra la del Juzgado de lo Social 1 de Granada que declaró nulo el despido.
En su recurso, la empresa pedía la nulidad de las actuaciones por indefensión al no haber sido citado el fiscal como parte, lo que el TSJA rechaza al entender que, analizado el procedimiento, no hubo una "real y efectiva" indefensión, como tampoco un "quebrantamiento procedimental", y considera la petición "totalmente extemporánea".
El segundo motivo que alega la empresa en su recurso está relacionado con otro de los hechos que declaró probado el Juzgado de lo Social 1 de Granada: que el entonces coordinador de seguridad de la Diputación -ya cesado- pidió a la demandante, en presencia del director de seguridad de la institución provincial, que le dijese a qué trabajadores podía despedir para sustituirlos por "militantes del PSOE o familiares o amigos" de afiliados y ella se negó.
En concreto, Segurisa alude en su recurso a una supuesta infracción del Estatuto de los Trabajadores, de la Constitución y de la jurisprudencia sobre la materia al sostener que tanto el coordinador como el director de seguridad eran funcionarios de la Diputación y que fueron éstos los que presionaron a la trabajadora para despedir a determinadas personas, por lo que la empresa "nada tuvo que ver en el posible acoso".
Alega también Segurisa que ni la trabajadora, entonces jefa del servicio, ni el coordinador -cargo de confianza- tenían poderes para despedir, por lo que considera que aquel episodio, "más que el inicio de un acoso" fue "una mera conversación de café".
En cualquier caso, el TSJA rechaza esa supuesta infracción y mantiene que "es obvio" que existió el "controvertido despido nulo", del que es responsable la empresa, y que hubo "una clara situación de acoso" que fue realizado "de forma concertada por la empresa y el coordinador de seguridad", por lo que ratifica la sentencia.
Contra este fallo cabe interponer recurso de casación, si bien el PP ha instado al presidente de la Diputación a que pida a su vez a la empresa que no siga recurriendo y "deje en paz" a la trabajadora.
Robles ha anunciado además que pondrán en conocimiento de la Fiscalía los hechos probados de ambas sentencias por si hubiera que depurar más responsabilidades y dado que, un año después, Caler, del que dudan que no conociera lo que estaba pasando, "no haya tomado medidas" como la de convocar la comisión de investigación a la que se comprometió o la de dar a conocer la auditoría externa que se encargó sobre presuntas irregularidades de la empresa.
Para el diputado provincial del PP Antonio Granados, hubo una "complicidad clara y manifiesta" entre la empresa y Caler para ordenar los despidos.
El TSJA ha confirmado la sentencia de un juzgado de lo Social que declaró nulo el despido de la jefa del servicio de seguridad de la Diputación de Granada, adjudicado a Segurisa, por considerar que fue improcedente y que sufrió acoso laboral por parte del coordinador de seguridad de la institución.
Al tratarse de la segunda sentencia en este sentido y dado que transcurrido un año de los hechos el presidente de la Diputación, Antonio Martínez Caler (PSOE), "no ha tomado medidas al respecto", el PP pondrá el asunto en conocimiento de la Fiscalía la próxima semana por si, como máximo responsable político de la institución, tuviera alguna responsabilidad, según ha informado hoy en rueda de prensa el portavoz provincial de ese grupo, José Antonio Robles.
En esta última sentencia, la Sala de lo Social del TSJA rechaza el recurso de súplica interpuesto por Segurisa contra la del Juzgado de lo Social 1 de Granada que declaró nulo el despido.
En su recurso, la empresa pedía la nulidad de las actuaciones por indefensión al no haber sido citado el fiscal como parte, lo que el TSJA rechaza al entender que, analizado el procedimiento, no hubo una "real y efectiva" indefensión, como tampoco un "quebrantamiento procedimental", y considera la petición "totalmente extemporánea".
El segundo motivo que alega la empresa en su recurso está relacionado con otro de los hechos que declaró probado el Juzgado de lo Social 1 de Granada: que el entonces coordinador de seguridad de la Diputación -ya cesado- pidió a la demandante, en presencia del director de seguridad de la institución provincial, que le dijese a qué trabajadores podía despedir para sustituirlos por "militantes del PSOE o familiares o amigos" de afiliados y ella se negó.
En concreto, Segurisa alude en su recurso a una supuesta infracción del Estatuto de los Trabajadores, de la Constitución y de la jurisprudencia sobre la materia al sostener que tanto el coordinador como el director de seguridad eran funcionarios de la Diputación y que fueron éstos los que presionaron a la trabajadora para despedir a determinadas personas, por lo que la empresa "nada tuvo que ver en el posible acoso".
Alega también Segurisa que ni la trabajadora, entonces jefa del servicio, ni el coordinador -cargo de confianza- tenían poderes para despedir, por lo que considera que aquel episodio, "más que el inicio de un acoso" fue "una mera conversación de café".
En cualquier caso, el TSJA rechaza esa supuesta infracción y mantiene que "es obvio" que existió el "controvertido despido nulo", del que es responsable la empresa, y que hubo "una clara situación de acoso" que fue realizado "de forma concertada por la empresa y el coordinador de seguridad", por lo que ratifica la sentencia.
Contra este fallo cabe interponer recurso de casación, si bien el PP ha instado al presidente de la Diputación a que pida a su vez a la empresa que no siga recurriendo y "deje en paz" a la trabajadora.
Robles ha anunciado además que pondrán en conocimiento de la Fiscalía los hechos probados de ambas sentencias por si hubiera que depurar más responsabilidades y dado que, un año después, Caler, del que dudan que no conociera lo que estaba pasando, "no haya tomado medidas" como la de convocar la comisión de investigación a la que se comprometió o la de dar a conocer la auditoría externa que se encargó sobre presuntas irregularidades de la empresa.
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