El CGPJ propone no investigar los cobros de Garzón al verlos prescritos
El servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que investigaba la denuncia de un abogado contra el juez Baltasar Garzón por el dinero que recibió durante su estancia en los Estados Unidos, ha propuesto el archivo de la misma por considerar prescritos los hechos denunciados.
Así lo han informado fuentes del órgano de los jueces, que han señalado que la propuesta será estudiada por la comisión disciplinaria del CGPJ el próximo martes.
El pasado 9 de marzo, el Tribunal Supremo archivó la querella por cohecho que el abogado Antonio Panea había presentado contra Garzón por estos hechos, pero remitió el caso al CGPJ para que investigara si no haber comunicado a este órgano el cobro de 203.000 dólares en concepto de sueldo de la Universidad de Nueva York entre 2005 y 2006 podía constituir una falta disciplinaria.
Según un informe presentado por este servicio de Inspección, no hubo "engaño" o "falta de verdad" por parte del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón al órgano de gobierno de los jueces sobre sus retribuciones durante su estancia en Estados Unidos.
El pasado 9 de marzo, el Tribunal Supremo archivó la querella por cohecho que Panea había presentado contra Garzón por estos hechos, pero remitió el caso al CGPJ para que investigara si no haber comunicado a este órgano el cobro de 203.000 dólares en concepto de sueldo de la Universidad de Nueva York entre 2005 y 2006 podía constituir una falta disciplinaria.
Garzón ha alegado ante el Consejo que en el momento en el que solicitó la licencia por estudios -que se prolongó de marzo de 2005 a junio de 2006- las retribuciones no estaban fijadas.
El informe recuerda que las faltas muy graves prescriben a los 2 años, por lo que habiendo finalizado la licencia concedida al juez el 30 de junio de 2006, presentándose la correspondiente memoria el día 20 del mismo mes y teniéndose por presentada por la comisión permanente el 11 de julio siguiente, sin objeción alguna, la falta habría prescrito el 11 de julio de 2008.
Panea también denunció que la situación de Garzón era incompatible con el desempeño de empleo retribuido al servicio de terceras entidades esponsorizadas por el Grupo Santander, incompatibilidad que para Inspección no se produce.
Según explica, "la comisión permanente no estimó que el magistrado solicitara la compatibilidad para ejercer un segundo empleo y consecuentemente no concedió esa compatibilidad sino una licencia por estudios".
El servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que investigaba la denuncia de un abogado contra el juez Baltasar Garzón por el dinero que recibió durante su estancia en los Estados Unidos, ha propuesto el archivo de la misma por considerar prescritos los hechos denunciados.
Así lo han informado fuentes del órgano de los jueces, que han señalado que la propuesta será estudiada por la comisión disciplinaria del CGPJ el próximo martes.
El pasado 9 de marzo, el Tribunal Supremo archivó la querella por cohecho que el abogado Antonio Panea había presentado contra Garzón por estos hechos, pero remitió el caso al CGPJ para que investigara si no haber comunicado a este órgano el cobro de 203.000 dólares en concepto de sueldo de la Universidad de Nueva York entre 2005 y 2006 podía constituir una falta disciplinaria.
Según un informe presentado por este servicio de Inspección, no hubo "engaño" o "falta de verdad" por parte del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón al órgano de gobierno de los jueces sobre sus retribuciones durante su estancia en Estados Unidos.
El pasado 9 de marzo, el Tribunal Supremo archivó la querella por cohecho que Panea había presentado contra Garzón por estos hechos, pero remitió el caso al CGPJ para que investigara si no haber comunicado a este órgano el cobro de 203.000 dólares en concepto de sueldo de la Universidad de Nueva York entre 2005 y 2006 podía constituir una falta disciplinaria.
Garzón ha alegado ante el Consejo que en el momento en el que solicitó la licencia por estudios -que se prolongó de marzo de 2005 a junio de 2006- las retribuciones no estaban fijadas.
El informe recuerda que las faltas muy graves prescriben a los 2 años, por lo que habiendo finalizado la licencia concedida al juez el 30 de junio de 2006, presentándose la correspondiente memoria el día 20 del mismo mes y teniéndose por presentada por la comisión permanente el 11 de julio siguiente, sin objeción alguna, la falta habría prescrito el 11 de julio de 2008.
Panea también denunció que la situación de Garzón era incompatible con el desempeño de empleo retribuido al servicio de terceras entidades esponsorizadas por el Grupo Santander, incompatibilidad que para Inspección no se produce.
Según explica, "la comisión permanente no estimó que el magistrado solicitara la compatibilidad para ejercer un segundo empleo y consecuentemente no concedió esa compatibilidad sino una licencia por estudios".
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