alguien podría facilitarme un modelo de solicitud para entregar a la empresa en el cual se le comunique la obligación de que todos los miembros de este servicio debemos por ley realizar el mismo numero de horas?.
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hola, mi problema es el siguiente. en mi servicio somos tres vigilantes uno de ellos es la mujer del inspector la cual entro rellenando huecos y a los dos meses es la unica prácticamente que hace horas de hecho ella hace 240 mas o menos y nosotros 180. esto agrabado y este dato no lo tengo confirmado que esta chica tiene contrato de media jornada.
alguien podría facilitarme un modelo de solicitud para entregar a la empresa en el cual se le comunique la obligación de que todos los miembros de este servicio debemos por ley realizar el mismo numero de horas?.
alguien podría facilitarme un modelo de solicitud para entregar a la empresa en el cual se le comunique la obligación de que todos los miembros de este servicio debemos por ley realizar el mismo numero de horas?.
alma14- Admin
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Re: articulo 41, criterios.
Pues tienes un problema bastante grande, ya que por ley no existe esa obligación. Lo único que existe por ley es el no pasarse de las 80 horas extra anuales.
Por ley, estáis todos fuera de ella.
Además en los tiempos que corren... ¿no crees que la realización de horas extra es como mínimo inmoral?.
Un saludo.
PD.: Reclamar ilegalidades no creo que sea precisamente aquí el sitio adecuado.
Por ley, estáis todos fuera de ella.
Además en los tiempos que corren... ¿no crees que la realización de horas extra es como mínimo inmoral?.
Un saludo.
PD.: Reclamar ilegalidades no creo que sea precisamente aquí el sitio adecuado.
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Re: articulo 41, criterios.
alma14 escribió:Pues tienes un problema bastante grande, ya que por ley no existe esa obligación. Lo único que existe por ley es el no pasarse de las 80 horas extra anuales.
Por ley, estáis todos fuera de ella.
Además en los tiempos que corren... ¿no crees que la realización de horas extra es como mínimo inmoral?.
Un saludo.
PD.: Reclamar ilegalidades no creo que sea precisamente aquí el sitio adecuado.
claro que es inmoral si en un servicio de 3 personas una de ellas se las lleva todas, otra cosa es que la empresa quiera o no contratar mas personal para que no se hagan y de mas puesto de trabajo pero eso es cosa de sindicatos y empresas y yo solo me limito a revindicar lo que en el articulo 41 del nuevo convenio 2013 expone. y en pocas palabras es que todos los cuadrantes de un servicio deben ser equilibrados,cosa que aqui obviamente no se ajusta a este criterio y por lo tanto denunciable.
lamento ofenderte alma por reclamar lo que creo que es justo
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Re: articulo 41, criterios.
claro que es inmoral si en un servicio de 3 personas una de ellas se las lleva todas, otra cosa es que la empresa quiera o no contratar mas personal para que no se hagan y de mas puesto de trabajo pero eso es cosa de sindicatos y empresas y yo solo me limito a revindicar lo que en el articulo 41 del nuevo convenio 2013 expone. y en pocas palabras es que todos los cuadrantes de un servicio deben ser equilibrados,cosa que aqui obviamente no se ajusta a este criterio y por lo tanto denunciable.
lamento ofenderte alma por reclamar lo que creo que es justo
Por una parte te diré que no ofende el que quiere si no el que puede, y evidentemente comprenderás que si a estas alturas de la película me ofendieran estas chorradas tendría que estar día si y día también en el psicólogo. Para tu información esto jamás me ha ofendido y actualmente me deja completamente indiferente.
Por otra parte, el nuevo convenio de 2013 aún no está en vigor, así que no se porque apelas a él... después perdemos y no nos enteramos del por qué.
Te añadiré además que lo inmoral es que todas las personas del servicio lo estén realizando con arreglo al interés particular de cada uno, y no solamente es ilegal tu cuadrante que aún lo que pides es que la ilegalidad en el mismo sea mayor... creo que la reclamación de lo que pretendes de justa no tiene un pelo. Pregunto... ¿para tí, si uno es un asesino porque mata a la gente, es justo que pidas poder tu también matar a la gente?, creo que te lo deberías de hacer mirar... las bases morales que tienes en la vida, me refiero.
Y ya para finalizar si me instruyes en dónde ves eso que dices en el artículo 41, de un convenio que no existe, te lo agradecería... gracias.
Convenio finalizado, 2009-2012.
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Artículo 41. Jornada de trabajo.
La jornada de trabajo de 1.782 horas anuales de trabajo efectivo en cómputo mensual, a razón de 162 horas. No obstante, las Empresas, de acuerdo con la Representación de los Trabajadores podrán establecer fórmulas alternativas para el cálculo de la jornada mensual a realizar.
Asimismo, si un trabajador por necesidades del servicio no pudiese realizar su jornada mensual, deberá compensar su jornada, en el mismo o distinto servicio, en los dos meses siguientes.
Igualmente, aquellas Empresas con sistemas de trabajo específico tales como entidades de crédito en donde no sea posible tal compensación, podrán acordar con los representantes de los trabajadores otros cómputos distintos a los establecidos en este artículo.
Se entenderá como trabajo nocturno el que se realice entre las veintidós horas y las seis horas.
Entre la jornada terminada y el inicio de la siguiente, deberá mediar un mínimo de trece horas, salvo en los casos siguientes: a) por especial urgencia o perentoria necesidad, b) en el trabajo a turnos.
Los trabajadores de vigilancia que prestan sus servicios en Cajas de Ahorro y Bancos, durante el horario de atención al público, en jornada continuada de 8,30 a 16,45 horas, como mínimo, tendrán derecho por día trabajado en ese horario a una ayuda alimentaria que deberá ser pactada entre la Dirección de cada Empresa y los Representantes de los Trabajadores, no pudiendo pactar, en ningún caso, cantidades inferiores a 5 euros. Para dichos trabajadores, la jornada será de 1.782 horas.
Si la jornada de trabajo fuera partida el trabajador tendrá derecho, al menos, a dos horas y media de descanso entre la jornada de la mañana y de la tarde, salvo pacto en contrario.
Para el personal no operativo el descanso será de hora y media entre jornada y jornada, salvo pacto en contrario.
Las Empresas someterán a la aprobación de la representación de los trabajadores el correspondiente horario de trabajo de su personal y lo coordinarán en los distintos servicios para el más eficaz rendimiento. La representación de los trabajadores será informada de la organización de los turnos y relevos.
A partir del 1 de enero de 2011, con el fin de conciliar la vida laboral y familiar, las empresas facilitarán a los trabajadores la libranza de, al menos, un fin de semana al mes –sábado y domingo–, salvo en los siguientes supuestos:
a) Cuando los trabajadores se adscriban voluntariamente a prestar servicios en tales días.
b) Cuando los trabajadores hayan sido contratados expresamente para prestar servicios en dichos días.
c) Cuando el trabajador esté adscrito a un servicio con un sistema pactado de rotación de libranza diferente.
d) Cuando, excepcionalmente, se requiera por los clientes a los que se prestan servicios obligatorios en los fines de semana un incremento imprevisto de plantilla, que pueda impedir a la empresa facilitar puntualmente dicha libranza.
Los trabajadores podrán intercambiarse los turnos de trabajo entre ellos, previa comunicación a la empresa con veinticuatro horas de antelación.
Las jornadas de trabajo o calendario laboral para el Transporte de Fondos y manipulado, se fijarán anualmente y con un mes de antelación al inicio del nuevo año. El calendario laboral se pactará entre la representación de los trabajadores y la empresa, atendiendo a las características especiales de cada delegación donde constarán los días laborables, festivos de cada Comunidad, así como la hora de entrada y quedando garantizada la jornada diaria que se pacte. Cada trabajador recibirá copia de su calendario anual.
Dadas las especiales características de la actividad, se entenderán de carácter ininterrumpido el funcionamiento de los centros de trabajo en las Compañías Privadas de Servicios de Seguridad, debiéndose respetar siempre la jornada máxima del trabajador.
Convenio que aún no ha entrado en vigor, 2012-2014.
Su artículo 41 es exactamente lo mismo con la inclusión del cuadrante anual en los centros de trabajo que por sus características se pueda realizar.
PD.: El convenio 2013 no lo veo por parte alguna. Pero me puedes informar y quitarme del presunto error, tanto de su publicación en el boe, como del reparto de las horas extra equitativo al que aludes.
Lo que va de azul es lo que puedes aplicar al problema que aludes.
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Re: articulo 41, criterios.
creo que para no ofenderte, tus alegaciones a mis comentarios dejan claro a libre interpretacion de cada cual que te tomas muy mal mis palabras,
primero yo no estoy matando a nadie solo pido que se trate a todos por igual
segundo la realizacion de horas se han hecho y se haran siempre y nadie se ha quejado de ello hasta que deja de hacerlas uno mismo,entonces los demas son malos.
tercero mi situacion es la siguiente a mi me han trasladado de una ciudad a otra ya que despedirme les salia muy caro,con la intencion de asfisiarme ya que tengo que pagar una hipoteca en mi ciudad de origen y un alquiler en la actual,con lo que me veo obligado a recurrir a todo lo que tengo en mano para no morir en el intento.
aki enlance de sentencias [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
y en el articulo 41 apartado criterios pone lo siguiente :en cada servicio se realizara un cuadrante en el que se recogeran los dias de servicio,asi como los descansos y turnos equilibrados entre todas las personas que realicen su servicio
convenio de 2013 es el referente al 2012-2014. y no entiendo por que dices que no esta en vigor
primero yo no estoy matando a nadie solo pido que se trate a todos por igual
segundo la realizacion de horas se han hecho y se haran siempre y nadie se ha quejado de ello hasta que deja de hacerlas uno mismo,entonces los demas son malos.
tercero mi situacion es la siguiente a mi me han trasladado de una ciudad a otra ya que despedirme les salia muy caro,con la intencion de asfisiarme ya que tengo que pagar una hipoteca en mi ciudad de origen y un alquiler en la actual,con lo que me veo obligado a recurrir a todo lo que tengo en mano para no morir en el intento.
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y en el articulo 41 apartado criterios pone lo siguiente :en cada servicio se realizara un cuadrante en el que se recogeran los dias de servicio,asi como los descansos y turnos equilibrados entre todas las personas que realicen su servicio
convenio de 2013 es el referente al 2012-2014. y no entiendo por que dices que no esta en vigor
Última edición por alma14 el Mar 12 Feb 2013 - 18:37, editado 1 vez (Razón : Se cambia color)
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- Mensaje n°6
Re: articulo 41, criterios.
por si no se ve claro a lo que me refiero mirar pagina 2 al final en rojo
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alma14- Admin
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- Mensaje n°7
Re: articulo 41, criterios.
Pues ya sabes lo que tienes que hacer, ir a la ugt de murcia y que te denuncien ellos.
No se porque preguntas en este foro, cuando en ese pdf que mencionas en la última hoja al final de todo te sale un número telefónico, allí seguro que te informan fenomenalmente bien.
El artículo 41 no pone absolutamente nada de lo que dices, otra cosa es que leas panfletos que hagan referencia a sentencias y juicios que seguramente fueron anteriores a la reforma laboral, de hecho ese pdf es de hace más de un año... hay que actualizarse.
A mi me da lo mismo que te gusten o no mis comentarios, pero la realidad es que muchos trabajadores están en casa sin cobrar siquiera paro, y me reservo mi comentario sobre los que quieren acaparar horas con la situación actual que estamos atravesando. Solamente decirte que incumples la legislación, y no solamente la empresa tu el primero al aceptar la inaceptable.
Seguramente legalmente no puedes realizar hora extra alguna, y no estaría de más que te denunciaran los miles de compañeros que están sin trabajo gracias a los comehoras como tu. ¿Qué te crees, que los demás no tienen obligaciones y que les regalan las cosas?.
El convenio no es de aplicación mientras no se publique en el boe, y por lo que veo no es el enlace del boe el que has puesto, así que búscalo y cuando lo encuentres lo pones y aplicas el convenio. De hecho quieren que sea otro con una suba del 0.5% el que se aplique incluso en el año 2012.
En el artículo 41 no existe el apartado criterios... aquí te queda íntegro el de aplicación.
Como comprenderás no habla para nada de las horas extra, solamente hace referencia a la jornada anual y mensual, y si un mes no llegas a la jornada dice que tienen los dos meses siguientes para recuperarla.
A ver si aprendemos a leer y no decimos pajas mentales.
Un saludo.
PD.: Ya comenté antes que no ofende el que quiere y que con estas cosas ni me ofenden ni me molestan, me dan lástima que haya trabajadores que se vendan por horas extra.
No se porque preguntas en este foro, cuando en ese pdf que mencionas en la última hoja al final de todo te sale un número telefónico, allí seguro que te informan fenomenalmente bien.
El artículo 41 no pone absolutamente nada de lo que dices, otra cosa es que leas panfletos que hagan referencia a sentencias y juicios que seguramente fueron anteriores a la reforma laboral, de hecho ese pdf es de hace más de un año... hay que actualizarse.
A mi me da lo mismo que te gusten o no mis comentarios, pero la realidad es que muchos trabajadores están en casa sin cobrar siquiera paro, y me reservo mi comentario sobre los que quieren acaparar horas con la situación actual que estamos atravesando. Solamente decirte que incumples la legislación, y no solamente la empresa tu el primero al aceptar la inaceptable.
Seguramente legalmente no puedes realizar hora extra alguna, y no estaría de más que te denunciaran los miles de compañeros que están sin trabajo gracias a los comehoras como tu. ¿Qué te crees, que los demás no tienen obligaciones y que les regalan las cosas?.
El convenio no es de aplicación mientras no se publique en el boe, y por lo que veo no es el enlace del boe el que has puesto, así que búscalo y cuando lo encuentres lo pones y aplicas el convenio. De hecho quieren que sea otro con una suba del 0.5% el que se aplique incluso en el año 2012.
En el artículo 41 no existe el apartado criterios... aquí te queda íntegro el de aplicación.
Artículo 41. Jornada de trabajo.
La jornada de trabajo de 1.782 horas anuales de trabajo efectivo en cómputo mensual, a razón de 162 horas. No obstante, las Empresas, de acuerdo con la Representación de los Trabajadores podrán establecer fórmulas alternativas para el cálculo de la jornada mensual a realizar.
Asimismo, si un trabajador por necesidades del servicio no pudiese realizar su jornada mensual, deberá compensar su jornada, en el mismo o distinto servicio, en los dos meses siguientes.
Igualmente, aquellas Empresas con sistemas de trabajo específico tales como entidades de crédito en donde no sea posible tal compensación, podrán acordar con los representantes de los trabajadores otros cómputos distintos a los establecidos en este artículo.
Se entenderá como trabajo nocturno el que se realice entre las veintidós horas y las seis horas.
Entre la jornada terminada y el inicio de la siguiente, deberá mediar un mínimo de trece horas, salvo en los casos siguientes: a) por especial urgencia o perentoria necesidad, b) en el trabajo a turnos.
Los trabajadores de vigilancia que prestan sus servicios en Cajas de Ahorro y Bancos, durante el horario de atención al público, en jornada continuada de 8,30 a 16,45 horas, como mínimo, tendrán derecho por día trabajado en ese horario a una ayuda alimentaria que deberá ser pactada entre la Dirección de cada Empresa y los Representantes de los Trabajadores, no pudiendo pactar, en ningún caso, cantidades inferiores a 5 euros. Para dichos trabajadores, la jornada será de 1.782 horas.
Si la jornada de trabajo fuera partida el trabajador tendrá derecho, al menos, a dos horas y media de descanso entre la jornada de la mañana y de la tarde, salvo pacto en contrario.
Para el personal no operativo el descanso será de hora y media entre jornada y jornada, salvo pacto en contrario.
Las Empresas someterán a la aprobación de la representación de los trabajadores el correspondiente horario de trabajo de su personal y lo coordinarán en los distintos servicios para el más eficaz rendimiento. La representación de los trabajadores será informada de la organización de los turnos y relevos.
A partir del 1 de enero de 2011, con el fin de conciliar la vida laboral y familiar, las empresas facilitarán a los trabajadores la libranza de, al menos, un fin de semana al mes –sábado y domingo–, salvo en los siguientes supuestos:
a) Cuando los trabajadores se adscriban voluntariamente a prestar servicios en tales días.
b) Cuando los trabajadores hayan sido contratados expresamente para prestar servicios en dichos días.
c) Cuando el trabajador esté adscrito a un servicio con un sistema pactado de rotación de libranza diferente.
d) Cuando, excepcionalmente, se requiera por los clientes a los que se prestan servicios obligatorios en los fines de semana un incremento imprevisto de plantilla, que pueda impedir a la empresa facilitar puntualmente dicha libranza.
Los trabajadores podrán intercambiarse los turnos de trabajo entre ellos, previa comunicación a la empresa con veinticuatro horas de antelación.
Las jornadas de trabajo o calendario laboral para el Transporte de Fondos y manipulado, se fijarán anualmente y con un mes de antelación al inicio del nuevo año. El calendario laboral se pactará entre la representación de los trabajadores y la empresa, atendiendo a las características especiales de cada delegación donde constarán los días laborables, festivos de cada Comunidad, así como la hora de entrada y quedando garantizada la jornada diaria que se pacte. Cada trabajador recibirá copia de su calendario anual.
Dadas las especiales características de la actividad, se entenderán de carácter ininterrumpido el funcionamiento de los centros de trabajo en las Compañías Privadas de Servicios de Seguridad, debiéndose respetar siempre la jornada máxima del trabajador.
Como comprenderás no habla para nada de las horas extra, solamente hace referencia a la jornada anual y mensual, y si un mes no llegas a la jornada dice que tienen los dos meses siguientes para recuperarla.
A ver si aprendemos a leer y no decimos pajas mentales.
Un saludo.
PD.: Ya comenté antes que no ofende el que quiere y que con estas cosas ni me ofenden ni me molestan, me dan lástima que haya trabajadores que se vendan por horas extra.
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- Mensaje n°8
Re: articulo 41, criterios.
CENSURADO
10 Puntos al karma por emplear el color rojo, que es solamente para la moderación.
Un saludo.
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Un saludo.
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- Mensaje n°9
Re: articulo 41, criterios.
no se por que se me borra un post censurando un comentario en que me limito en dar la razon a quien quiere tenerla,sin entender yo que la tenga.
otra cosa que quiero puntualizar es que si es posible que alguien me diga por que el convenio 2012-2014 no es valido y vuelvo a repetir y quisiera que todos los que lean esto se miren el articulo 41 apartado criterios, parrafo b),de este mismo convenio.
por mucho que se quiera tapar la verdad, la verdad existe y ahi esta.
seguire siendo un comehoras siempre que pueda,por que de eso se trata, de poder y querer y yo reuno las dos opciones,
y quen este liibre de pecado que tire la siguiente piedra
otra cosa que quiero puntualizar es que si es posible que alguien me diga por que el convenio 2012-2014 no es valido y vuelvo a repetir y quisiera que todos los que lean esto se miren el articulo 41 apartado criterios, parrafo b),de este mismo convenio.
por mucho que se quiera tapar la verdad, la verdad existe y ahi esta.
seguire siendo un comehoras siempre que pueda,por que de eso se trata, de poder y querer y yo reuno las dos opciones,
y quen este liibre de pecado que tire la siguiente piedra
SARGENTO DE HIERRO- Colaborador
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- Mensaje n°10
Re: articulo 41, criterios.
asmadeon escribió:no se por que se me borra un post censurando un comentario en que me limito en dar la razon a quien quiere tenerla,sin entender yo que la tenga.
otra cosa que quiero puntualizar es que si es posible que alguien me diga por que el convenio 2012-2014 no es valido y vuelvo a repetir y quisiera que todos los que lean esto se miren el articulo 41 apartado criterios, parrafo b),de este mismo convenio.
por mucho que se quiera tapar la verdad, la verdad existe y ahi esta.
seguire siendo un comehoras siempre que pueda,por que de eso se trata, de poder y querer y yo reuno las dos opciones,
y quen este liibre de pecado que tire la siguiente piedra
Pues sin entrar en el fondo del asunto porque me importa un pepino , lo que si te digo es que lo que dices en tu ultimo parrafo demuestra que eres un SINVERGUENZA , y para ello reunes las dos opciones eres colaborador de las irregularidades de las empresas haciendo jornadas ilegales contribuyendo al creciente paro del sector , y eres tan MISERABLE que vienes a reclamar a un foro publico que quieres ser mas ilegal que la empresa y que la compañera que ya lo es con animo de lucro y no te cortas un pelo.
Espero que te quedes en el Paro y tengas motivos para lloriquear por causas justificadas y no por ser colaborador de infracciones patronales y por intentar hacer la interpretacion de un convenio No vigente a tus intereses fraudulentos e insolidarios , muestra inconfundible del personal Basura que ha ayudado a embarrancar durante años a este sector.
No hay saludo.
alma14- Admin
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Re: articulo 41, criterios.
Pues la primera piedra te la tiro yo...
Comehoras es igual a ilegal, pues yo entiendo y creo que la mayoría también, que comehoras es hacer más de las 80 al año que la ley permite, y no a todos los trabajadores, que seguramente en tu caso es 0 (cero). Por tanto eres comehoras e ilegal.
Segundo te diré que el convenio de aplicación es el 2009-2012 porque está publicado en el boe, y con ese criterio muchas empresas no aprobaron la suba del 2012-2014, ya que le falta el requisito de su publicación en el boe (boletín oficial del estado).
El artículo 41 está reproducido íntegramente en el quote, y no aparece nada de lo que tu dices, por tanto léelo bien que los demás sabemos leer, tu parece que lees lo que te interesa.
Para tu información, traes un comentario (que no deja de serlo) de ugt de fecha 9-1-2012 (9 de enero de 2012), la reforma laboral es de
Si quieres puedes traer sentencias del año 61 y pedir justicia... las leyes son activas y cambian, pero eso que tu pides no deja de no tener apoyo legal, pues como dice el documento que tu traes aquí en su primer párrafo...
"HORAS EXTRAORDINARIAS, superándose los límites legales y generando tensión y
polémica en el ámbito laboral por quienes esperan aprovechar las posibilidades
económicas que proporcionan su realización"
"las horas extraordinarias tienen un carácter voluntario,
tanto para el trabajador como para el empresario, lo que significa que ni el trabajador
tiene derecho a realizarlas ni el empresario se lo puede imponer"
Por tanto lo que es ilegal no se puede reclamar, si no lo entiendes, dejo de instriur a burros.
Un saludo.
PD.: Léete bien los dos párrafos de tu pdf, o del que tu trajiste aquí.
Comehoras es igual a ilegal, pues yo entiendo y creo que la mayoría también, que comehoras es hacer más de las 80 al año que la ley permite, y no a todos los trabajadores, que seguramente en tu caso es 0 (cero). Por tanto eres comehoras e ilegal.
Segundo te diré que el convenio de aplicación es el 2009-2012 porque está publicado en el boe, y con ese criterio muchas empresas no aprobaron la suba del 2012-2014, ya que le falta el requisito de su publicación en el boe (boletín oficial del estado).
El artículo 41 está reproducido íntegramente en el quote, y no aparece nada de lo que tu dices, por tanto léelo bien que los demás sabemos leer, tu parece que lees lo que te interesa.
Para tu información, traes un comentario (que no deja de serlo) de ugt de fecha 9-1-2012 (9 de enero de 2012), la reforma laboral es de
Reforma laboral 2012.
Modificaciones al Estatuto de los Trabajadores por el Real Decreto Ley 3/2012 y por la ley 3/2012.
Reforma laboral de febrero y julio de 2012.
· Cambios realizados en el Estatuto de los Trabajadores en febrero de 2012 por el RDL 3/2012
· Cambios realizados en el Estatuto de los Trabajadores en julio de 2012 por la ley 3/2012.
Con un breve resumen de las novedades de cada uno de los 28 artículos modificados.
Si quieres puedes traer sentencias del año 61 y pedir justicia... las leyes son activas y cambian, pero eso que tu pides no deja de no tener apoyo legal, pues como dice el documento que tu traes aquí en su primer párrafo...
"HORAS EXTRAORDINARIAS, superándose los límites legales y generando tensión y
polémica en el ámbito laboral por quienes esperan aprovechar las posibilidades
económicas que proporcionan su realización"
"las horas extraordinarias tienen un carácter voluntario,
tanto para el trabajador como para el empresario, lo que significa que ni el trabajador
tiene derecho a realizarlas ni el empresario se lo puede imponer"
Por tanto lo que es ilegal no se puede reclamar, si no lo entiendes, dejo de instriur a burros.
Un saludo.
PD.: Léete bien los dos párrafos de tu pdf, o del que tu trajiste aquí.
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- Mensaje n°12
Re: articulo 41, criterios.
a ver si esto es muy sencillo y esta claro si aqui lo que se pide es que a todos los trabajadores de un mismo servicio se les trate por el mismo rasero, y tenemos xhoras dividida entre 3trabajadores el resultado debe ser el mismo para los tres, y punto. si es que no hay mas.
todas las vueltas que se le quiera dar a este asunto,que si gente del paro que si hacer referncias a la palabra comehoras haciendo un simil a comepoyas,y todos los demas cuentos que esten fuera de este servicio, estara muy bien traido para ti que lo ves de fuera.
pero yo lo veo desde mi interes que para mi es el prioritario.
un consejo ya que tu usas la palabra compañerismo con muxa facilidad. te dire que no son pocos los años que llevo trabajando en esto, y mi conclusion es que a los compañeros hay que tenerlos de frente viendolos la cara por que como los lleves al lado,sera mas facil la zancadilla y mas dificil de ver.
y sabes por que es esto? simplemente por que este oficio no es como una fabrica que tu tendras a la misma gente mas o menos toda tu vida trabajando contigo.
aqui mas bien la gente va cambiando muy a menudo,y al final lo que prevalece son los intereses propios
todas las vueltas que se le quiera dar a este asunto,que si gente del paro que si hacer referncias a la palabra comehoras haciendo un simil a comepoyas,y todos los demas cuentos que esten fuera de este servicio, estara muy bien traido para ti que lo ves de fuera.
pero yo lo veo desde mi interes que para mi es el prioritario.
un consejo ya que tu usas la palabra compañerismo con muxa facilidad. te dire que no son pocos los años que llevo trabajando en esto, y mi conclusion es que a los compañeros hay que tenerlos de frente viendolos la cara por que como los lleves al lado,sera mas facil la zancadilla y mas dificil de ver.
y sabes por que es esto? simplemente por que este oficio no es como una fabrica que tu tendras a la misma gente mas o menos toda tu vida trabajando contigo.
aqui mas bien la gente va cambiando muy a menudo,y al final lo que prevalece son los intereses propios
SARGENTO DE HIERRO- Colaborador
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Re: articulo 41, criterios.
Pues si lo que te interesa son tus propios intereses , no vengas aqui a lloriquear y te vas a la Inspeccion de Trabajo y denuncias que quieres hacer 240 horas como tu compañera ¿ Haber que te contestan ?
Asi que ya sabes sigue mirando por tus intereses pero no des aqui mal la lata , que nos importa un pepino las horas ilegales que tu quieras hacer con tu absurda teoria " Tengo derecho a ser tan ilegal como el de al lado"
Pues ya sabes te cojes y con tu teoria y tu propio interes te rellenas una denuncia a la Inspeccion de Trabajo y se la cuentas con pelos y señales.
Y haber si predicas lo que dices y vas de frente y cojes a tu empresa y a tus compañeros y pegas un golpe encima de la mesa y les dices "" Quiero hacer mas horas que el de al lado porque defiendo mi propio interes "" y dejas de dar la brasa aqui en donde se intenta ayudar a compañeros con causas legales y no a cenutrios zampahoras con berrinches porque el de al lado es mas ilegal que el.
Asi que ya sabes sigue mirando por tus intereses pero no des aqui mal la lata , que nos importa un pepino las horas ilegales que tu quieras hacer con tu absurda teoria " Tengo derecho a ser tan ilegal como el de al lado"
Pues ya sabes te cojes y con tu teoria y tu propio interes te rellenas una denuncia a la Inspeccion de Trabajo y se la cuentas con pelos y señales.
Y haber si predicas lo que dices y vas de frente y cojes a tu empresa y a tus compañeros y pegas un golpe encima de la mesa y les dices "" Quiero hacer mas horas que el de al lado porque defiendo mi propio interes "" y dejas de dar la brasa aqui en donde se intenta ayudar a compañeros con causas legales y no a cenutrios zampahoras con berrinches porque el de al lado es mas ilegal que el.
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Re: articulo 41, criterios.
SARGENTO DE HIERRO escribió:Pues si lo que te interesa son tus propios intereses , no vengas aqui a lloriquear y te vas a la Inspeccion de Trabajo y denuncias que quieres hacer 240 horas como tu compañera ¿ Haber que te contestan ?
Asi que ya sabes sigue mirando por tus intereses pero no des aqui mal la lata , que nos importa un pepino las horas ilegales que tu quieras hacer con tu absurda teoria " Tengo derecho a ser tan ilegal como el de al lado"
Pues ya sabes te cojes y con tu teoria y tu propio interes te rellenas una denuncia a la Inspeccion de Trabajo y se la cuentas con pelos y señales.
Y haber si predicas lo que dices y vas de frente y cojes a tu empresa y a tus compañeros y pegas un golpe encima de la mesa y les dices "" Quiero hacer mas horas que el de al lado porque defiendo mi propio interes "" y dejas de dar la brasa aqui en donde se intenta ayudar a compañeros con causas legales y no a cenutrios zampahoras con berrinches porque el de al lado es mas ilegal que el.
entonces tu me estas diciendo que cuando estais dando consejos de como reclamar las horas extras que son solo 80 al año en vuestra seccion de horas extra, es solo para estos casos y que las sentencias que poneis son solo de 80 al año?. lo siento amigo pero con ese cuento a mi no me la das.
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- Mensaje n°15
Re: articulo 41, criterios.
SARGENTO DE HIERRO escribió:Pues si lo que te interesa son tus propios intereses , no vengas aqui a lloriquear y te vas a la Inspeccion de Trabajo y denuncias que quieres hacer 240 horas como tu compañera ¿ Haber que te contestan ?
Asi que ya sabes sigue mirando por tus intereses pero no des aqui mal la lata , que nos importa un pepino las horas ilegales que tu quieras hacer con tu absurda teoria " Tengo derecho a ser tan ilegal como el de al lado"
Pues ya sabes te cojes y con tu teoria y tu propio interes te rellenas una denuncia a la Inspeccion de Trabajo y se la cuentas con pelos y señales.
Y haber si predicas lo que dices y vas de frente y cojes a tu empresa y a tus compañeros y pegas un golpe encima de la mesa y les dices "" Quiero hacer mas horas que el de al lado porque defiendo mi propio interes "" y dejas de dar la brasa aqui en donde se intenta ayudar a compañeros con causas legales y no a cenutrios zampahoras con berrinches porque el de al lado es mas ilegal que el.
estimado administrador te dire que yo defiendo mis argumentos desde el respeto sin insultos y sin faltar a los que no piensan como yo,
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- Mensaje n°16
Re: articulo 41, criterios.
sinvergüenza adj./s. com.
1 Se aplica a la persona que habla u obra con
atrevimiento, sin vergüenza ni respeto. descarado, desvergonzado.
Esto es lo que dice el Diccionario y es lo que tu haces , no deberias considerarlo como un insulto si no como una cualidad que demuestras , otra cosa es que tu propia cualidad te averguence porque entiendes que no es correcto.
cenutrio, a
zampar conjugar ⇒
seguire siendo un comehoras siempre que pueda,por que de eso se trata, de poder y querer y yo reuno las dos opciones,
y quen este liibre de pecado que tire la siguiente piedra
Con lo cual si te sientes insultado u ofendido solo tienes que mirarte al espejo para recriminarte tu mismo por los pensamientos que tu mismo plasmas.
Y te dire otra cosa una cosa es que en su momento el personal de seguridad privada por un auge mal entendido del sector hiciera ilegalidades en conjuncion con las empresas por la falta de personal desatendiendo otras reclamaciones que se deberian haber luchado ¡¡¡ Y asi nos vemos !!! y otra cosa es intentar hacer de lo ilegal legal con total desconocimiento de cualquier ley, con el atenuante de protestar abiertamente por no poder hacer tantas ilegalidades como el de al lado demostrando ademas de una total falta de comprension e inteligencia y ser un ser insolidario que con total desverguenza proclama sus propios intereses ilegales por encima de los demas en unos tiempos en el que el paro aflora en la destruccion de empleo , intentando por la fuerza y a voluntad propia en una tarjeta de credito para los empresaurios que tantos puestos de trabajo estan destruyendo.
Lo dicho espero que no tardes mucho en formar parte de esa gran empresa que aflora en España de nombre PARO y enfrente de tu casa veas a un Vigilante de Seguridad que hace 240 horas.
No hay mejor medicina que la que uno mismo fabrica.
En este caso tampoco hay saludo.
1 Se aplica a la persona que habla u obra con
atrevimiento, sin vergüenza ni respeto. descarado, desvergonzado.
Esto es lo que dice el Diccionario y es lo que tu haces , no deberias considerarlo como un insulto si no como una cualidad que demuestras , otra cosa es que tu propia cualidad te averguence porque entiendes que no es correcto.
cenutrio, a
- m. y f. col. Persona poco hábil o de corta inteligencia:
zampar conjugar ⇒
- tr. col. Comer o beber apresurada y excesivamente
seguire siendo un comehoras siempre que pueda,por que de eso se trata, de poder y querer y yo reuno las dos opciones,
y quen este liibre de pecado que tire la siguiente piedra
Con lo cual si te sientes insultado u ofendido solo tienes que mirarte al espejo para recriminarte tu mismo por los pensamientos que tu mismo plasmas.
Y te dire otra cosa una cosa es que en su momento el personal de seguridad privada por un auge mal entendido del sector hiciera ilegalidades en conjuncion con las empresas por la falta de personal desatendiendo otras reclamaciones que se deberian haber luchado ¡¡¡ Y asi nos vemos !!! y otra cosa es intentar hacer de lo ilegal legal con total desconocimiento de cualquier ley, con el atenuante de protestar abiertamente por no poder hacer tantas ilegalidades como el de al lado demostrando ademas de una total falta de comprension e inteligencia y ser un ser insolidario que con total desverguenza proclama sus propios intereses ilegales por encima de los demas en unos tiempos en el que el paro aflora en la destruccion de empleo , intentando por la fuerza y a voluntad propia en una tarjeta de credito para los empresaurios que tantos puestos de trabajo estan destruyendo.
Lo dicho espero que no tardes mucho en formar parte de esa gran empresa que aflora en España de nombre PARO y enfrente de tu casa veas a un Vigilante de Seguridad que hace 240 horas.
No hay mejor medicina que la que uno mismo fabrica.
En este caso tampoco hay saludo.
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- Mensaje n°17
Re: articulo 41, criterios.
SARGENTO DE HIERRO escribió:sinvergüenza adj./s. com.
1 Se aplica a la persona que habla u obra con
atrevimiento, sin vergüenza ni respeto. descarado, desvergonzado.
Esto es lo que dice el Diccionario y es lo que tu haces , no deberias considerarlo como un insulto si no como una cualidad que demuestras , otra cosa es que tu propia cualidad te averguence porque entiendes que no es correcto.
cenutrio, a
. Persona poco hábil o de corta inteligencia:
Esto es lo que dice el Diccionario y parece ser otras de tus cualidades , al reclamar en abierto que deseas cometer ilegalidades y emcima pretender que estas ilegalidades sean imperativos legales.
zampar
Comer o beber apresurada y excesivamente
Esto es lo que dice el Diccionario y yo te pongo zampahoras en el sentido de que como tu mismo reconoces y pregonas cuando dices :
seguire siendo un comehoras siempre que pueda,por que de eso se trata, de poder y querer y yo reuno las dos opciones,
y quen este liibre de pecado que tire la siguiente piedra
Con lo cual si te sientes insultado u ofendido solo tienes que mirarte al espejo para recriminarte tu mismo por los pensamientos que tu mismo plasmas.
Y te dire otra cosa una cosa es que en su momento el personal de seguridad privada por un auge mal entendido del sector hiciera ilegalidades en conjuncion con las empresas por la falta de personal desatendiendo otras reclamaciones que se deberian haber luchado ¡¡¡ Y asi nos vemos !!! y otra cosa es intentar hacer de lo ilegal legal con total desconocimiento de cualquier ley, con el atenuante de protestar abiertamente por no poder hacer tantas ilegalidades como el de al lado demostrando ademas de una total falta de comprension e inteligencia y ser un ser insolidario que con total desverguenza proclama sus propios intereses ilegales por encima de los demas en unos tiempos en el que el paro aflora en la destruccion de empleo , intentando por la fuerza y a voluntad propia en una tarjeta de credito para los empresaurios que tantos puestos de trabajo estan destruyendo.
Lo dicho espero que no tardes mucho en formar parte de esa gran empresa que aflora en España de nombre PARO y enfrente de tu casa veas a un Vigilante de Seguridad que hace 240 horas.
No hay mejor medicina que la que uno mismo fabrica.
En este caso tampoco hay saludo
te dire que gracias a mi corta inteligencia llevo mas de 15 años de antiguedad y 25 en este oficio y no gracias a ser un comepoyas,sino mas bien a saber defender mis derechos sin pisotear a los demas,e intencionces de quereme mandar al paro han sido mutiples,pero aqui estoy dando batalla sin dejarme envacuar por supuestos compañeros ni bonitas palabras de empresas que pretenden que des un traspies para despedirte sin pasar por caja y todo esto gracias a ser segun tu un cenutrio.
ante los comentarios de diccionario que usas,por favor no me tomes por tan ingenuo, con eso engañaras a tu vecino a mi dame mejores argumentos.
todo el mundo sabe y espero que tu el primero que las cosas no son lo que se dicen, sino la intencion con la que se dicen y tu intencion es clara lo tengo yo claro y por supuesto supongo y espero que muchos de los que sigan este debate.
y por ultimo la amenaza y el insulto aunque tu recuras a lo facil de insultar y esconder la mano bajo el diccionario es de debiles. por muy sargento de hierro que pretendas ser
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- Mensaje n°18
Re: articulo 41, criterios.
Mira lo de amenazar yo no sé de donde te lo sacas , pues creo yo que para
amenazar hay que estar en facultad de poseer algo para amenazar y yo gracias a
Dios ni siquiera tengo la suerte de conocerte , con lo cual si te refieres a
que me gustaría que te quedaras en el Paro para que aprendieras que lloriqueas
sin motivos pues tienes trabajo y esas horitas que tanto te gustan , pues te lo
vuelvo a repetir , me gustaría que probaras el Paro ‘para que supieras lo que
siente mucha gente que no ve salida , mientras tu que pareces ser un agonías
lloriqueas porque tienes 180 horas y quieres 240 , con lo cual no es una
amenaza es un deseo para que aprendieras tengas la edad que tengas a apreciar
lo que tienes en esta vida.
En relación con los insultos, sigo pensando lo mismo sin considerar que te
insulte por ello, eres un zampa horas pues tú mismo vienes a reconocer que
quieres hacer todas las horas que puedas, que además de cometer la empresa una
irregularidad pues son no más de 80 anuales por trabajador me imagino que serán
en B con lo cual otra irregularidad de la empresa y tuya (Hacienda estaría
encantada de conoceros a ambos empresa y trabajador).
En relación a la inteligencia pues la verdad poca demuestras cuando entras
en un foro público reclamando como solicitar a la empresa algo que ambos ni
empresa y trabajador debe hacer y encima pretende que se le facilite un modelo
para reclamar tal desfachatez.
Con lo cual me reitero en todo lo que anteriormente te he manifestado y tu
consideras amenazas e insultos, pero que tú mismo proclamas constantemente.
Hay que tener poca vergüenza para pretender ser ayudado a cometer
ilegalidades que van en perjuicio de otros trabajadores con la tasa de paro que
hay en este país.
Solamente a un cenutrio poco hábil o corto de inteligencia se le puede
ocurrir pedir un documento para que una empresa infractora que da 240 horas a
un trabajador con media jornada le dé a él las 240 horas con contrato a jornada
completa rebasando las 80 anuales tipificadas y cobrándolas por su puesto en B
pues no hay otra forma.
Otra cosa seria si hubieras venido a este foro a pedir un modelo de denuncia
en la Inspección de Trabajo para denunciar a tu empresa y a la trabajadora que está
haciendo 240 horas con un contrato a media jornada trabando la creación de
nuevos puestos de trabajo.
Pero claro eso no te interesa ¿Verdad? a ti lo que te fastidia es que haya
alguien cometiendo más ilegalidades que tú y a tu criterio robándote esas
preciadas horitas en B que tu podrías meterte a la buchaca.
Mira en este país ya sobran sinvergüenzas , corruptos y defraudadores ,
salen todos los días en TV para revoltijo de estómago de un montón de españoles
, así que no me voy a entretener más con aprendices en un foro que tiene como
finalidad reunir profesionales del sector para intercambiar opiniones y ayudar
y ser ayudados de una forma legal y transparente.
Como recomendación te diría que te fueras a postear esos despropósitos que
pretendes en el foro de la Gaviota que a buen seguro te orientan " SOBRE
" esos temas mejor que aquí.
amenazar hay que estar en facultad de poseer algo para amenazar y yo gracias a
Dios ni siquiera tengo la suerte de conocerte , con lo cual si te refieres a
que me gustaría que te quedaras en el Paro para que aprendieras que lloriqueas
sin motivos pues tienes trabajo y esas horitas que tanto te gustan , pues te lo
vuelvo a repetir , me gustaría que probaras el Paro ‘para que supieras lo que
siente mucha gente que no ve salida , mientras tu que pareces ser un agonías
lloriqueas porque tienes 180 horas y quieres 240 , con lo cual no es una
amenaza es un deseo para que aprendieras tengas la edad que tengas a apreciar
lo que tienes en esta vida.
En relación con los insultos, sigo pensando lo mismo sin considerar que te
insulte por ello, eres un zampa horas pues tú mismo vienes a reconocer que
quieres hacer todas las horas que puedas, que además de cometer la empresa una
irregularidad pues son no más de 80 anuales por trabajador me imagino que serán
en B con lo cual otra irregularidad de la empresa y tuya (Hacienda estaría
encantada de conoceros a ambos empresa y trabajador).
En relación a la inteligencia pues la verdad poca demuestras cuando entras
en un foro público reclamando como solicitar a la empresa algo que ambos ni
empresa y trabajador debe hacer y encima pretende que se le facilite un modelo
para reclamar tal desfachatez.
Con lo cual me reitero en todo lo que anteriormente te he manifestado y tu
consideras amenazas e insultos, pero que tú mismo proclamas constantemente.
Hay que tener poca vergüenza para pretender ser ayudado a cometer
ilegalidades que van en perjuicio de otros trabajadores con la tasa de paro que
hay en este país.
Solamente a un cenutrio poco hábil o corto de inteligencia se le puede
ocurrir pedir un documento para que una empresa infractora que da 240 horas a
un trabajador con media jornada le dé a él las 240 horas con contrato a jornada
completa rebasando las 80 anuales tipificadas y cobrándolas por su puesto en B
pues no hay otra forma.
Otra cosa seria si hubieras venido a este foro a pedir un modelo de denuncia
en la Inspección de Trabajo para denunciar a tu empresa y a la trabajadora que está
haciendo 240 horas con un contrato a media jornada trabando la creación de
nuevos puestos de trabajo.
Pero claro eso no te interesa ¿Verdad? a ti lo que te fastidia es que haya
alguien cometiendo más ilegalidades que tú y a tu criterio robándote esas
preciadas horitas en B que tu podrías meterte a la buchaca.
Mira en este país ya sobran sinvergüenzas , corruptos y defraudadores ,
salen todos los días en TV para revoltijo de estómago de un montón de españoles
, así que no me voy a entretener más con aprendices en un foro que tiene como
finalidad reunir profesionales del sector para intercambiar opiniones y ayudar
y ser ayudados de una forma legal y transparente.
Como recomendación te diría que te fueras a postear esos despropósitos que
pretendes en el foro de la Gaviota que a buen seguro te orientan " SOBRE
" esos temas mejor que aquí.
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- Mensaje n°19
Re: articulo 41, criterios.
llorar? hablas con facilidad y pones en criterio el manejo de las palabras para confundir al personal,
dime donde me quejo lamentando mi estado que de la sensacion al lloriqueo.
repito solo pedi algo en una seccion titulada horas extras y ahi recurri pidiendo si alguien, ya que no me considero unico en la realizacion de esta grave infraccion a la moralidad segun vuestro criterio podria facilitarme lo que pedia.y ya esta, eso ha sido todo.
hubiera sido tan facil con no responder a lo que considerais contrario a vuestra filosofia.
bueno y ahora ire al foro ese de la gaviota que no se que es,pero que tu bien recomiendas kizas por que lo sueles frecuentar con asiduedad. por que sera? se preguntara mucha gente
dime donde me quejo lamentando mi estado que de la sensacion al lloriqueo.
repito solo pedi algo en una seccion titulada horas extras y ahi recurri pidiendo si alguien, ya que no me considero unico en la realizacion de esta grave infraccion a la moralidad segun vuestro criterio podria facilitarme lo que pedia.y ya esta, eso ha sido todo.
hubiera sido tan facil con no responder a lo que considerais contrario a vuestra filosofia.
bueno y ahora ire al foro ese de la gaviota que no se que es,pero que tu bien recomiendas kizas por que lo sueles frecuentar con asiduedad. por que sera? se preguntara mucha gente
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- Mensaje n°20
Re: articulo 41, criterios.
Jejeje , todos tus post son un lamento a esas horitas de mas que tiene tu
compañera y al atentado que esto supone a tu propio interés.
Si quieres te paso un modelo de Denuncia a la Inspección de trabajo sobre la
persona que hay en tu servicio a media jornada haciendo 240 horas y sobre la superación
de las 80 horas anuales que realizáis los VVSS de tu servicio en B, creo que así
conseguiríamos prestarte desde este foro la ayuda que reclamas a gritos de que
se trate a todos los VVSS de tu servicio con el mismo Rasero
De esta forma la Inspección tomaría medidas y la empresa además de tener en
tu servicio 2 VVSS a jornada completa más la compañera a media jornada, podría
meter un 4 vigilante a jornada completa y aun quedarían algunas horitas extras
para todos sin sobrepasar las 80 anuales y se conseguiría crear 1 puesto de
trabajo más en este sector con tanto paro.
¿Qué te parece? así habría igualdad para todos y se contribuiría a crear un
puesto de trabajo más.
¿Te parece bien esta ayuda legal y transparente?
compañera y al atentado que esto supone a tu propio interés.
Si quieres te paso un modelo de Denuncia a la Inspección de trabajo sobre la
persona que hay en tu servicio a media jornada haciendo 240 horas y sobre la superación
de las 80 horas anuales que realizáis los VVSS de tu servicio en B, creo que así
conseguiríamos prestarte desde este foro la ayuda que reclamas a gritos de que
se trate a todos los VVSS de tu servicio con el mismo Rasero
De esta forma la Inspección tomaría medidas y la empresa además de tener en
tu servicio 2 VVSS a jornada completa más la compañera a media jornada, podría
meter un 4 vigilante a jornada completa y aun quedarían algunas horitas extras
para todos sin sobrepasar las 80 anuales y se conseguiría crear 1 puesto de
trabajo más en este sector con tanto paro.
¿Qué te parece? así habría igualdad para todos y se contribuiría a crear un
puesto de trabajo más.
¿Te parece bien esta ayuda legal y transparente?
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- Mensaje n°21
Re: articulo 41, criterios.
SARGENTO DE HIERRO escribió:Jejeje , todos tus post son un lamento a esas horitas de mas que tiene tu
compañera y al atentado que esto supone a tu propio interés.
Si quieres te paso un modelo de Denuncia a la Inspección de trabajo sobre la
persona que hay en tu servicio a media jornada haciendo 240 horas y sobre la superación
de las 80 horas anuales que realizáis los VVSS de tu servicio en B, creo que así
conseguiríamos prestarte desde este foro la ayuda que reclamas a gritos de que
se trate a todos los VVSS de tu servicio con el mismo Rasero
De esta forma la Inspección tomaría medidas y la empresa además de tener en
tu servicio 2 VVSS a jornada completa más la compañera a media jornada, podría
meter un 4 vigilante a jornada completa y aun quedarían algunas horitas extras
para todos sin sobrepasar las 80 anuales y se conseguiría crear 1 puesto de
trabajo más en este sector con tanto paro.
¿Qué te parece? así habría igualdad para todos y se contribuiría a crear un
puesto de trabajo más.
¿Te parece bien esta ayuda legal y transparente?
me parece bien pasalo seguro que si al mes que viene sigue la misma situacion lo haga.
por cierto las horas no son en b ni vienen camufladas en la nomina en conceptos raros. los motivos muy sencillo de explicar en despidos anteriores hace años donde la gente cobraba 2000 e por camuflar las horas en conceptos como dietas.un juez estimo la indemnizacion en base a estas cantidades y claro la empresa a escarmentado y ahora vienen como horas extras todas y cada una de ellas.
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- Mensaje n°22
Re: articulo 41, criterios.
asmadeon escribió:SARGENTO DE HIERRO escribió:Jejeje , todos tus post son un lamento a esas horitas de mas que tiene tu
compañera y al atentado que esto supone a tu propio interés.
Si quieres te paso un modelo de Denuncia a la Inspección de trabajo sobre la
persona que hay en tu servicio a media jornada haciendo 240 horas y sobre la superación
de las 80 horas anuales que realizáis los VVSS de tu servicio en B, creo que así
conseguiríamos prestarte desde este foro la ayuda que reclamas a gritos de que
se trate a todos los VVSS de tu servicio con el mismo Rasero
De esta forma la Inspección tomaría medidas y la empresa además de tener en
tu servicio 2 VVSS a jornada completa más la compañera a media jornada, podría
meter un 4 vigilante a jornada completa y aun quedarían algunas horitas extras
para todos sin sobrepasar las 80 anuales y se conseguiría crear 1 puesto de
trabajo más en este sector con tanto paro.
¿Qué te parece? así habría igualdad para todos y se contribuiría a crear un
puesto de trabajo más.
¿Te parece bien esta ayuda legal y transparente?
me parece bien pasalo seguro que si al mes que viene sigue la misma situacion lo haga.
por cierto las horas no son en b ni vienen camufladas en la nomina en conceptos raros. los motivos muy sencillo de explicar en despidos anteriores hace años donde la gente cobraba 2000 e por camuflar las horas en conceptos como dietas.un juez estimo la indemnizacion en base a estas cantidades y claro la empresa a escarmentado y ahora vienen como horas extras todas y cada una de ellas.
se me olvidaba en este servicio ya somos 4 y otro que va a rellenar jornada el tema esta en que uno esta de baja desde hace 4 meses y no creo que la empresa opte por contratar a nadie mas
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- Mensaje n°23
Re: articulo 41, criterios.
Lo que tu cuentas es inexplicable 2 y medio haciendo unos 180 horas y el medio 240 , despues 4 uno de baja y otro rellenando jornadas , un porronazo de horas en nomina y sobre todo en un contrato de media jornada.
Lo siento no me creo nada , nada cuadra.
Me suena que te han pillado bacalao aunque vayas disfrazao y ahora me quieres liar con milongas.
No pierdo mas tiempo contigo ¡¡ Ya no me haces gracia !!
Lo siento no me creo nada , nada cuadra.
Me suena que te han pillado bacalao aunque vayas disfrazao y ahora me quieres liar con milongas.
No pierdo mas tiempo contigo ¡¡ Ya no me haces gracia !!
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- Mensaje n°24
Re: articulo 41, criterios.
sssssrvicio de 24 horas un tio de baja quedamos tres otro q va a rellenar horas horas 7 dias x 12=84 yo y el otro 15 x 12=180 por 2 360mas 84 =444SARGENTO DE HIERRO escribió:Lo que tu cuentas es inexplicable 2 y medio haciendo unos 180 horas y el medio 240 , despues 4 uno de baja y otro rellenando jornadas , un porronazo de horas en nomina y sobre todo en un contrato de media jornada.
Lo siento no me creo nada , nada cuadra.
Me suena que te han pillado bacalao aunque vayas disfrazao y ahora me quieres liar con milongas.
No pierdo mas tiempo contigo ¡¡ Ya no me haces gracia !!
la chica esta 19 dias x 12=228 q no son 240 pero en meses de 30 31 dias si lo son total 228mas360mas84=672horas
ahora calcula 28 dias de febrero por 24=672 mira a ver si te cuadra eso
te he dixo que somos tres tios y esta xica iva a media jornada antes de darse de baja el otro, despues se ha quedado con todo por ser quien es
al que va a rellenar su jornada no lo cuento por que este mes va 7 dias en el anterior solo fue 4 depende de lo que haya por hay
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- Mensaje n°25
Re: articulo 41, criterios.
Pues no se , en tu primer post hablas de 3VVSS ( 2 jornada completa y la presunta mujer del inspector media jornada ) y ahora aparece 1 VS mas de baja y 1 correturnos.
A este paso al final te vas a quedar sin llegar a computo cuando se incorpore el de baja.
Pero a ti que es lo que te molesta.
¿No hacer 240 horas ?
¿Que la compañera sea mujer del inspector ?
¿El correturnos?
¿ O que el compañero enfermo se de de alta y te quedes a computo con sin tan siquiera las 180 horas ?
A este paso al final te vas a quedar sin llegar a computo cuando se incorpore el de baja.
Pero a ti que es lo que te molesta.
¿No hacer 240 horas ?
¿Que la compañera sea mujer del inspector ?
¿El correturnos?
¿ O que el compañero enfermo se de de alta y te quedes a computo con sin tan siquiera las 180 horas ?
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